Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Marzo de 2009, E. 463. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 463. XL.

ORIGINARIO

Expreso Alberino S.A. c/ Buenos Aires, provincia de s/ daños y perjuicios.

Buenos Aires, 26 de marzo de 2009 Autos y Vistos:

Teniendo en cuenta la labor desarrollada en el principal y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 6°, incisos a, b, c y d; 7°, 9°, 11, 37, 39 y concs. de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432, se regulan los honorarios de los Dres. M.R.M. y M.R.M., en conjunto, por la dirección letrada y representación de la actora en la suma de dos mil ochocientos pesos ($ 2800) y los de los Dres. A.J.F.L. y L.M.P., en conjunto, por la dirección letrada y representación de la demandada en la suma de cuatro mil pesos ($ 4000).

Asimismo, deben fijarse con carácter definitivo los honorarios de los profesionales referidos en último término, quienes resultaron beneficiarios de la regulación provisoria practicada por este Tribunal a fs. 80/80 vta., por la tarea cumplida en el incidente resuelto a fs. 67/68. En el caso de que dichos honorarios hayan sido percibidos por los interesados deberán ser deducidos de la siguiente retribución que se establece en la suma de novecientos pesos ($ 900). N.. E.I.H. de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

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