Resolución 1367/2014

Fecha de publicación17 Septiembre 2014
Fecha de disposición25 Agosto 2014
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta32970



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1367/2014Bs. As., 25/8/2014

VISTO el Expediente Nº 1.622.818/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley 23.546, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 136/138 del Expediente Nº 1.622.818/14 obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS DEL CAUCHO por la parte sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL CAUCHO por la parte empresaria, en marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 179/75, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que conforme surge de foja 144 del mismo Expediente, se declaró formalmente constituida la Comisión Negociadora, en los términos de la Ley Nº 23.546.

Que mediante el referido acuerdo, las partes pactan nuevas condiciones salariales para los trabajadores de la empleadora, con vigencia desde el 1 de mayo de 2014 hasta el 30 de abril de 2015, conforme los detalles allí impuestos.

Que en relación al carácter asignado a las sumas fijas previstas en la segunda tabla obrante a foja 136 de las presentes actuaciones, corresponde hacer saber a las partes que deberán estarse a lo dispuesto oportunamente en el considerando quinto de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 749 de fecha 3 de julio de 2013.

Que el ámbito de aplicación del mentado acuerdo, se corresponde con el alcance de representación de la entidad empresaria signataria y de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con el alcance que se precisa en el considerando cuarto de la presente medida.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10...

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