Resolución Nº 548/GCABA/EATC/14

FirmantesGarcía Caffi
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorEnte Autárquico Teatro Colón
Fecha de la disposición28 de Agosto de 2014

VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 471, N° 2855 y N° 4.893,

el Decreto N° 1.342/08, la Resolución N° 467/EATC/2014, el Expediente Electrónico

N° 11112908/MEGYA-DGRHEATC/14 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo

43° que la Ciudad garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad

y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional y se reconocen y

organizan las carreras por especialidad, a las que se ingresa y se promociona por

concurso público abierto;

Que así también el artículo 32° de la Constitución de la Ciudad, contempla la

participación de los creadores y trabajadores y sus entidades, en el diseño y la

evaluación de políticas culturales;

Que mediante la Ley 2.855, modificada por la Ley 4.893, se crea el "Ente Autárquico

Teatro Colón", en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía funcional y

autarquía financiera, con la organización y competencias determinadas en esa ley,

reglamentándose sus términos mediante el Decreto N° 1.342/08;

Que el artículo 26° de la mencionada ley, dispone que la administración de los

recursos humanos del Ente Autárquico Teatro Colón se rige por la Ley N° 471, sus

normas reglamentarias, complementarias y modificatorias;

Que la referida Ley 2.855 mediante su artículo 14° enumera las funciones de la

Dirección General y Artística, dentro de las que dispone las de establecer y administrar

la dotación de personal y planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el

desarrollo de los objetivos del Teatro y las actividades de los recursos humanos,

físicos, económicos, financieros y patrimoniales;

Que por su parte, la Ley 471, en su artículo 2° establece que las relaciones de empleo

público comprendidas en dicha ley se desenvuelven con la sujeción al principio de

ingreso al empleo por concurso público y abierto y en su artículo 31° dispone como

principio de la carrera administrativa que el progreso en la misma se hará a través de

mecanismos transparentes de selección y concursos;

Que por razones de servicio y dinámica del sector Servicios Auxiliares dependiente de

Dirección General de Producción Artística, resulta necesario cubrir cargos vacantes en

el mismo, estimándose conveniente el llamado a concurso...

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