Disposición Nº 64/2014

Fecha de la disposición21 de Agosto de 2014



JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

Disposición Nº 64/2014Bs. As., 21/8/2014

VISTO, el CUDAP: EXP-JGM: 0033110/2014 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Delegado Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 893 del 7 de junio de 2012 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3° del Decreto Delegado Nº 1023/01 establece los principios generales a los que deberá ajustarse la gestión de las contrataciones, entre los que se destacan la transparencia en los procedimientos y la publicidad y difusión de las actuaciones.

Que, por su parte, el artículo 9° del citado Decreto establece que la contratación pública se desarrollará en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará en la publicidad y difusión de las actuaciones emergentes de la aplicación del Régimen de las Contrataciones de la Administración Nacional.

Que el artículo 32 de la misma norma dispone que con el fin de cumplir el principio de transparencia se difundirán por Internet, en el sitio del Organo Rector, las convocatorias, los proyectos de pliegos correspondientes a contrataciones que la autoridad competente someta a consideración pública, los pliegos de bases y condiciones, el acta de apertura, las adjudicaciones, las órdenes de compra y toda otra información que la reglamentación determine.

Que en este sentido el artículo 58 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 estableció la información que deben enviar las jurisdicciones y entidades contratantes en forma obligatoria a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través de los sistemas o medios que ésta determine, para la difusión en su sitio de Internet, referida a todos los procedimientos de selección encuadrados en el Régimen de las Contrataciones de la Administración Nacional.

Que para los casos en los que se presenten inconvenientes técnicos u otras causas que imposibiliten la difusión en tiempo y forma de las distintas etapas de los procedimientos de selección en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resulta procedente prever mecanismos de carácter excepcional que garanticen los principios de transparencia, publicidad y difusión establecidos en el citado artículo 3° del Decreto Delegado Nº 1023/01.

Que de esta manera, se contempla el cumplimiento del fin último de la norma cual es el de salvaguardar la transparencia de los procedimientos de selección y la concurrencia de los interesados en participar de los mismos.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la...

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