Resolución Nº 2061/2014

Fecha de la disposición20 de Agosto de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución Nº 2061/2014Bs. As., 20/8/2014

VISTO el Expediente Nº 51.689/14 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nros. 24.241, 24.557, 26.425, 26.773, los Decretos Nº 1.883 de fecha 26 de octubre de 1994, Nº 2.104 y Nº 2.105, ambos de fecha 04 de diciembre de 2008, las Resoluciones S.R.T. Nº 308 de fecha 30 de marzo de 2009, Nº 709 de fecha 10 de abril de 2013, Nº 872 de fecha 17 de mayo de 2013, Nº 1.251 de fecha 01 de agosto de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 709 de fecha 10 de abril de 2013 se creó el cargo de Secretario Técnico Letrado para las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central cuyo cometido será colaborar con la labor de dichas comisiones en lo atinente a los planteos de orden jurídico que planteen las partes, emitir el dictamen jurídico previo previsto en el apartado 5° del artículo 24 de la Ley Nº 24.557 —en los casos que corresponda— y formular opinión jurídica sobre los casos sometidos a su consideración a requerimiento de las Comisiones Médicas. Asimismo, se aprobaron las Bases Generales y se llamó a Concurso Público de Oposición y Antecedentes para cubrir los mencionados cargos de Secretarios Técnicos Letrados.

Que mediante la Resolución S.R.T. Nº 872 de fecha 17 de mayo de 2013 se amplió el llamado a Concurso Público de Oposición y Antecedentes establecido por el artículo 8° de la Resolución S.R.T. Nº 709/13, para incluir cargos de Secretarios Técnicos Letrados en las OFICINAS DE HOMOLOGACION Y VISADO (O.H. y V.) con sede en las ciudades de General Roca, Provincia de RIO NEGRO, Trelew, Provincia del CHUBUT, Río Cuarto, Provincia de CORDOBA y Concordia, Provincia de ENTRE RIOS.

Que con motivo de no haberse logrado la concurrencia pretendida se dictó la Resolución S.R.T. Nº 1.251 de fecha 01 de agosto 2013 que dejó sin efecto el llamado a Concurso establecido por la Resolución S.R.T. Nº 709/13 y estableció nuevas Bases Generales para un llamado a Concurso.

Que en este contexto el Concurso se llevó a cabo en orden a la normativa previamente reseñada.

Que el artículo 7° de la Resolución S.R.T. Nº 709/13 dispone que en aquellos casos en los que el Listado de Letrados Reemplazantes para el ámbito de competencia territorial de las Comisiones Médicas en la que se hubiere producido o generado la vacante de un cargo de secretario Técnico Letrado, se hubiese declarado desierto o se encontrara agotado, se deberá convocar a un nuevo Concurso Público de Oposición y Antecedentes.

Que una vez finalizadas todas las etapas del referido Concurso se constató que por falta de concursantes no se logró la cobertura de cargos en las Comisiones Médicas con sede en las ciudades de: La Plata y Zárate, Provincia de BUENOS AIRES; Santa Rosa, Provincia de LA PAMPA; Comodoro Rivadavia, Provincia del CHUBUT; Río Gallegos, Provincia de SANTA CRUZ, Ushuaia, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, Mendoza, Provincia de MENDOZA, Rosario, Provincia de SANTA FE, Neuquén, Provincia de NEUQUEN, Mar del Plata y Bahía Blanca, Provincia de BUENOS AIRES, Viedma, Provincia de RIO NEGRO, San Fernando del Valle de Catamarca, Provincia de CATAMARCA, La Rioja, Provincia de LA RIOJA, San Luis, Provincia de SAN LUIS, Formosa, Provincia de FORMOSA y la Comisión Médica Central.

Que tampoco se cubrieron los cargos en las Oficinas de Homologación y Visado sede en las ciudades de Trelew, Provincia de CHUBUT, y Concordia, Provincia de ENTRE RIOS.

Que por lo tanto, se torna necesario proceder a un nuevo llamado a Concurso Público de Oposición y Antecedentes para cubrir los cargos que han quedado vacantes.

Que las etapas del Concurso Público serán llevadas a cabo por una Comisión Calificadora y un Jurado del Concurso designados a tal efecto, y...

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