Resolución Nº 1210/2014

Fecha de la disposición 4 de Agosto de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1210/2014Bs. As., 4/8/2014

VISTO el Expediente Nº 1.612.270/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.623.504/14 agregado como fojas 5 al Expediente Nº 1.612.270/14 obra el acuerdo celebrado entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D. y C.) por el sector sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA por la parte empleadora, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el acuerdo las partes pactan condiciones salariales para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 334/01, conforme los términos y condiciones allí establecidos.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo se corresponde con la representatividad de la entidad empresaria signataria y de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D. y C.) por el sector sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA por la parte...

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