Resolución Nº 1225/2014

Fecha de la disposición 8 de Agosto de 2014



MINISTERIO DE SALUD

Resolución Nº 1225/2014Bs. As., 8/8/2014

VISTO el Expediente Nº 1-2002-11518/14-3 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto Nº 1286 del 9 de septiembre de 2010 y las Resoluciones Ministeriales Nº 112 de fecha 4 de febrero de 2011 y Nº 754 de fecha 26 de mayo de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 1286/10 se creó el INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER, cuyas misiones comprenden, entre otras, las de dirigir y apoyar la investigación, capacitación y distribución de la información médica.

Que por la Resolución Ministerial Nº 112/11 se creó el “Programa de Promoción de la Investigación en Cáncer” en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER, con el objetivo de fortalecer y mejorar la investigación en cáncer en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que por la Resolución Ministerial Nº 754/14 se han aprobado las bases y condiciones de la convocatoria “Becas de Formación Inicial en Investigación en Cáncer IV”, de acuerdo a los lineamientos específicos detallados en el ANEXO I de dicha norma.

Que las solicitudes a las mismas fueron valoradas y seleccionadas por una Comisión Evaluadora, designada “ad hoc” por el Consejo Ejecutivo del INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER, compuesta por integrantes de reconocida trayectoria en el ámbito de la investigación en cáncer.

Que en el ANEXO I punto 3 de la citada Resolución Ministerial Nº 754/14, se especifica que se entregarán TREINTA Y SIETE (37) becas anuales de Formación Inicial de acuerdo a la siguiente distribución: DOCE (12) becas a estudiantes avanzados y VEINTICINCO (25) becas a graduados.

Que los recursos financieros se otorgarán de acuerdo a la suscripción de los respectivos convenios marco entre las Instituciones receptoras de los becarios y el INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER.

Que corresponde dictar el acto administrativo de asignación de fondos destinados a atender los gastos originados en la convocatoria mencionada anteriormente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION ha efectuado preventivamente la erogación pertinente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de lo normado por la Ley de Ministerios Nº 26.338 (T.O. 1992) y modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO

DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Apruébase la nómina de los TREINTA Y SIETE (37) beneficiarios de la Convocatoria de “Becas de Formación Inicial en Investigación en Cáncer IV”...

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