Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Agosto de 2008, L. 22. XLIV

Fecha12 Agosto 2008
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 22. XLIV.

L.T.S.A. c/ Municipalidad de La Carlota (Pcia. de Córdoba) s/ proceso de conocimiento.

Buenos Aires, 12 de agosto de 2008 Vistos los autos: ALuncheon Tickets S.A. c/ Municipalidad de La Carlota (Pcia. de Córdoba) s/ proceso de conocimiento@.

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal a los que cabe remitir por razones de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado, se hace lugar al recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. N. y, oportunamente, remítase. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A. (según su voto).

VO

L. 22. XLIV.

L.T.S.A. c/ Municipalidad de La Carlota (Pcia. de Córdoba) s/ proceso de conocimiento.

TO DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA C.M.A..

Considerando:

Que la cuestión traída a conocimiento de esta Corte guarda sustancial analogía con la debatida y resuelta en la causa U.93.XL AUnilever de Argentina S.A. c/ Municipalidad de Río Cuarto s/ acción declarativa de certeza@, de fecha 6 de septiembre de 2005, (Fallos: 328:3340), disidencia de la jueza A., a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir por razones de brevedad.

Por ello, y habiendo dictaminado la señora Procuradora Fiscal, se hace lugar al recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. N. y, oportunamente, remítase.

C.M.A..

Recurso extraordinario interpuesto por la actora, representada por el Dr. J.R.S..

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, S.I..

Tribunales intervinientes con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n1 8.

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