Resolución Nº 1071/2014

Fecha de la disposición15 de Julio de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1071/2014Bs. As., 15/7/2014

VISTO el Expediente Nº 81.652/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 81.652/13 obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA - Seccional Tandil, por la parte gremial y la empresa CANTERAS YARAVÍ SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, ratificado por la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA, mediante acta obrante a fojas 43 del mismo expediente, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo, las partes convienen nuevas condiciones salariales para los trabajadores de la empresa comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/89.

Que en relación al contenido del acuerdo precitado, se hacer saber a las partes que la homologación que por el presente se dispone lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 81.652/13 celebrado entre la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA y la empresa CANTERAS YARAVÍ SOCIEDAD ANONIMA, conjuntamente con el acta de ratificación obrante a fojas 43 del mismo expediente, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Resolución por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el acuerdo y el acta de ratificación obrantes a fojas 2/3 y fojas 43 del Expediente Nº 81.652/13.

ARTICULO 3º

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la...

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