Disposición Nº 966/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición18 de Junio de 2014

VISTO:

El Expediente N° 6.174.012/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso "Playa de Carga y Descarga; Impresión; Servicios relacionados con la

impresión", para el inmueble sito en la Av. de los Constituyentes N° 3431/33, Planta

Baja, Entrepiso y Planta Alta, con una superficie a habilitar de 654,40m2, y

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en el Distrito U39 ("Parque Chas")

de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, de acuerdo a la Ley N°

4.207, BOCBA N° 3966 del 03/08/2012;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

5666964-DGIUR- 2014, indica que en la Memoria Descriptiva obrante a fs. 37,

solicitan: "... para ser utilizada como playa de carga y descarga, ya que debido a la

gran afluencia de camiones que a diario tenemos, nos sería de mucha utilidad poder

contar con este sector de carga y descarga..."; "...También solicitar la aprobación de

los siguientes Rubros: Impresión y Servicios relacionados con la Impresión...";

Que en relación con la normativa vigente, se informa que:

  1. El Parágrafo 5.4.6.40 Distrito U39 - Parque Chas, establece: "...1) Carácter:

    Conjunto urbano de escala homogénea, caracterizado por un trazado concéntrico

    planificado y cuyo uso predominante es la vivienda individual. Una serie de plazas

    internas, sumadas al arbolado de las calles, le otorga calidad ambiental relevante.".

    ".5) Usos: Son los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N°

    5.2.1a) para el Distrito R1bI, no permitiéndose el uso "Alimentación en general"...".

  2. El Parágrafo 5.4.1.2 Distrito R1b: a) R1bI (Ver I.O.), estabelece: "...5) Usos: Los que

    resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1. Para las actividades

    productivas a desarrollarse en este distrito, sin perjuicio del cumplimiento de lo

    establecido en el Artículo 6° de la Ley N° 2.216 (B.O. N° 2.614, Publ. 29/01/2007), el

    Consejo evaluará en cada caso la conveniencia o no de su localización (Ver Parágrafo

    5.3.4.1).

  3. El Parágrafo 5.2.4.2. "Ampliación de Usos No Conformes", establece: "...Los

    edificios, parcelas, e instalaciones donde se desarrollen usos no conformes podrán ser

    ampliados en los siguientes casos:

    Para la...

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