Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Octubre de 2013, T. 431. XLVII

Sentido del falloRECHAZA LA DEMANDA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha29 Octubre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 431. XLVII. Textil Río Gx'ande SA el EN - dto. 710/07 si proceso de conocimiento. Buenos Aires, ~ 'T d.-L DCIv.l›i'e. &.£ ‹:10(3 Vistos los autos:

"Textil Rio Grande SA c! EN - dto. 710!07 s! proceso de conocimientoH• Considerando:

Que el Tribunal comparte y hace suyos los términos • del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, al que se remite por razones de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara que no corresponde que los tribunales de la Nación emitan decisión en estas actuaciones y, en consecuencia, se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda (art.

16, segundo párrafo, ley 48).

Las costas de todas las instancias se distribuyen por su orden en atención al modo como se resuelve.

N. y devuélvase.

ELENAI. HIGHTON de NOlASCO ,/ RLO M QUEDA -1- E. RAUL ZAFFARONI

Recurso extraordinario interpuesto por Textil Río Grande SA, representada por el Dr. L.J.L., con el patrocinio letrado del Dr. G.D.B.. Traslado contestado por el Estado Nacional - ~nisterio de Economía y Finanzas Públicas, representado por el Dr. M.J.R., con el patrocinio letrado de los Dres. A.I.A. y A.V.F.. Tribunal de origen:

Sala III de la Cámara Nacional ~e Apelaciones en lo Con- tencioso Administrativo Federal. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal nO 12.

D.O.

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