Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Septiembre de 2013, G. 1115. XLIII

Sentido del falloREVOCA PARCIALMENTE - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha24 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 1115. XLIII. Gallegos, J.C. el EN - MO del Interior - PNA si Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg. Autos y Vistos:

En atención a la labor desarrollada a fs.

103/105 vta. y teniendo en cuenta el mérito, la naturaleza e importancia de la tarea cumplida, el resultado obtenido, que la evaluación del trabaj o a remunerar es facultad de este Tribunal (Fallos:

313:577) ; y de conformidad con lo dispuesto por los arts.

6°, incs. b, c y d, Y 14 de la ley 21.839 -modificada por la ley 24.432-, se regulan los honorarios de la doctora S.D.R. en la suma de tres mil pesos ($ 3.000).

Dichos honorarios no incluyen el impuesto al valor agregado, monto que -en su casodeberá ser adicionado conforme a la subjetiva situación de la profesional beneficiaria frente al citado tributo.

N. y devuélvanse.

E. RAUL ZAFFARON! C.;M. ARGIBAY

,

D.O.

00000001

00000002

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR