Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Septiembre de 2013, E. 268. XL

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha17 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

: ~, ... " -:: E. 268. XL. E.C. y Cía. S.A. si quiebra si inc. de escrituraci6n por C., A.. ~one'c:?~ de ~ de la Q/VaaOn QS.XÚw. rkut 6f'~ Autos y Vistos:

En atención a la labor desarrollada a fs.

251/251 vta., teniendo en cuenta el mérito, la naturaleza e importancia de 'la tarea cumplida, el resultado obtenido, que la evaluación de la tarea a remunerar es facultad. del Tribunal (Fallos:

313:577); y de conformidad con lo dispuesto por los arts.

6°, incs. b, c y d, 14 Y 33 de la ley 21.839 -modificada por la ley 24.432-, se regulan. los honorarios' del doctor C.M.Q., en la suma de tres mil pesos ($ 3.000).

Dichos honorarios no incluye el impuesto al valor agregado, monto que -en su casodeberá ser adicionado conforme a la subjetiva situación de la profesional beneficiaria frente al citado tributo.

N. y / Vi' eNRIQUE s PETRACCHI CARMEN M. ARGIBAv E, RAUl ZAFFARONI

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