Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Septiembre de 2013, C. 231. XLIX

Sentido del falloDECLARA COMPETENCIA -
Fecha03 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 231. XLIX. S., A. y otro sI estafa. Q9f4úP decm 6J'eMJ~ 3de. Je-ph .au~ de 2013. Buenos Aires, Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F. a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá enviarse el presente incidente al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 42, a sus efectos.

H. saber al juzgado de Garantias n° 5 del Departamento Judicial de San Isidro, provincia de Buenos Aires.

L.;LORENZETTI /J.;CARLOS MAQUEDA

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