Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Septiembre de 2013, B. 14. XLIX

Sentido del falloRECHAZA - RECURSO DE QUEJA
Fecha03 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 14. XLIX.

RECURSO DE HECHO

Banco de la Nación Argentina el Barbero, J. de Dios y otro si ejecución hipotecaria. Buenos Aires,3 Autos y Vistos:

Atento a que el apelante no cumplió con el depósito previsto por el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ni invocó exención alguna contemplada en las normas vigentes en materia de tasas judiciales, al no haber satisfecho el recaudo formal de fs.

68,. corresponde desestimar esta presentación directa.

Por ello, se rechaza la queja.

N. y archívese.

~ DO LUIS L0RENZETTI AQUEOA

Recurso de hecho interpuesto por el Banco de la Nación Argentina, representado por la Dra. R. de los Ángeles ~llicáy.

Tribunal de origen:

Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia de Córdoba, Secretaria Civil nO 1.

D.O.

00000001

00000002

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