Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Julio de 2013, S. 1008. XLVIII

Sentido del falloREVOCA PARCIALMENTE - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha02 Julio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

s. 100B. XLVIII.

RECURSO DE HECHO

Sananes, S.M. el Belqrano Imprenta Propiedades SRL y otros sI despido. Buenos Aires, Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por R.O.T., R.M.B., E.M.L., y Tizado Propiedades SA en la causa Sananes, S.M. cl Belgrano Imprenta Propiedades SRL y otros si despido", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la presente queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

D. perdido el depósito de fs.

79.

Há ase saber y, oportunamente, archivese.

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RICARDO LUIS / JUAN CARLOS MAQUEDA E. RAUL ZAFFARONI

Recurso de hecho deducido por R.O.T., R.M.B.- ci, E.M.L., y Tizado Propiedades SA, demandados en autos, representados por el doctor J.G.D.P., en calidad de apodeiado. Tribunal de origen:

Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Traba- jo. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo nO 46.

D.O.

00000001

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