Resolución 469/2013

Fecha de disposición30 Mayo 2013
Fecha de publicación05 Junio 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32654



Ministerio del Interior y Transporte

TRANSPORTE FERROVIARIO

Resolución469/2013Red Nacional Ferroviaria. Rescíndense Contratos de Concesión.

Bs. As., 30/5/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0020985/2012 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que el crecimiento del ferrocarril argentino supo ser ejemplo de desarrollo en Sudamérica, contando en el año 1947 con una red de más de CUARENTA Y TRES MIL (43.000) Kilómetros de vías. Esta impronta fue potenciada a partir del primer gobierno del General Juan Domingo PERON, quien con la nacionalización de los ferrocarriles, adoptó un papel nacional activo en la gestión y explotación de tales servicios.

Que en el año 1948 se creó la empresa FERROCARRILES ARGENTINOS la cual tenía como objeto la titularidad de los servicios de transporte ferroviario de pasajeros y de cargas en la República Argentina y se desarrollan los denominados ferrocarriles de fomento, construidos por el Estado para brindar conectividad, aun cuando no fueran totalmente rentables.

Que en dicho marco se desarrolla el Ferrocarril General Belgrano, el más extenso de la red, que se construyó de este modo a cargo de la empresa de Ferrocarriles del Estado.

Que el crecimiento del ferrocarril se mantuvo en forma constante hasta el año 1955, fecha en la cual declina el interés político en su sostenimiento y finalmente resulta seriamente afectado a partir del año 1958, por aplicación del denominado “Plan Larkin” el cual fue el primer factor del desmantelamiento del ferrocarril argentino.

Que el plan consistió en abandonar el TREINTA Y DOS POR CIENTO (32%) de las vías férreas existentes, despedir a SETENTA MIL (70.000) empleados ferroviarios, y reducir a chatarra todas las locomotoras a vapor, al igual que SETENTA MIL (70.000) vagones y TRES MIL (3.000) coches, con la idea de que se comprase todo esto en el mercado exterior.

Que en el año 1974, en el tercer mandato presidencial del General Juan Domingo PERON, se retoma la política de desarrollo de los ferrocarriles, iniciándose un período de modernización del sector, mediante la electrificación ferroviaria, al autorizarse posteriormente las obras correspondientes a la electrificación del Ferrocarril ROCA.

Que con la finalización de dicha obra, en el año 1982 se dio certificado de defunción a la industria ferroviaria, correspondiendo a dicho hito el último riel cocido en la fábrica argentina SOMISA.

Que, efectivamente, en los años 80, con la dictadura militar que azotó la República Argentina, se profundiza la política liberal de abandono del servicio, aun cuando el mismo estaba en manos del Estado, y así, FERROCARRILES ARGENTINOS ingresa en un profundo deterioro, con un alto déficit operativo, obsolescencia técnica, falta de mantenimiento de los bienes e infraestructura y bajo nivel de inversión.

Que ello llevó a la irremediable declinación del nivel de calidad en el servicio, contribuyendo a la caída de la demanda de pasajeros y de transporte de cargas, junto con un alto nivel de evasión.

Que en base a dicha situación, y el colapso general en que se encontraba el sistema económico argentino, con su punto más agudo en el año 1989, es que en el marco de las Leyes Nros. 23.696 y 23.697 se agudiza la política liberal, en la denominada Reforma del Estado y Privatizaciones de las haciendas públicas productivas.

Que, en dicho marco, se decide la privatización de los ferrocarriles metropolitanos de pasajeros y de cargas, mediante la técnica de la concesión.

Que, con fundamento en la Ley Nº 23.696 de Reforma del Estado; el “Memorándum de Entendimiento para la Reestructuración Ferroviaria y su Programa Anexo”, aprobado por Decreto Nº 2740 de fecha 28 de diciembre de 1990 y en base al Decreto Nº 666 de fecha 1º de septiembre de 1989, se inició el proceso de transferencia de los ramales a los concesionarios privados de transporte ferroviario de cargas y pasajeros, bajo la figura de la explotación integral del servicio, incluyendo el modo de la prestación, el mantenimiento e inversión en infraestructura y en material rodante y el mantenimiento de los bienes inmuebles que se transfirieron.

Que, la privatización de los servicios ferroviarios y la visión del servicio como un negocio privado profundizaron la crisis del sector.

Que, en efecto, en búsqueda del mayor beneficio, la política pública inspirada en el neoliberalismo de la época, llevaron al cierre de los talleres ferroviarios y la reducción dramática de los recursos humanos, mediante retiros voluntarios y despidos, llevando a la paradoja de contratar un préstamo del Banco Mundial por DOLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS MILLONES (U$S 700.000.000.-) para el pago de indemnizaciones por despido y prescindibilidad de personal, arrojando como resultado que de los NOVENTA MIL (90.000) empleados ferroviarios al inicio de la privatización se redujeran a menos de DIEZ MIL (10.000).

Que a poco que se comenzó a aplicar el sistema, en el año 1997, se dictan los Decretos Nros. 543 de fecha 12 de junio de 1997 y 605 de fecha 1º de julio de 1997, los cuales, reconociendo el fracaso del sistema, inician a menos de 3 años de la fecha de suscripción de los contratos, la renegociación de los mismos, abandonando los objetivos iniciales de mejora del servicio prevista en los pliegos licitatorios.

Que desde el año 1998 se verifica un período de grave recesión in crescendo en el sector, que va a colapsar en el año 2000 y que finalmente desembocara en la sanción de la Ley Nº 25.561, que declara la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria.

Que en la misma fecha se empieza a evidenciar un gravísimo deterioro del sistema ferroviario nacional, denunciándose la existencia de actos vandálicos y usurpaciones producidas en numerosas estaciones y zonas de vía.

Que a su vez, la Red Metropolitana ya se encontraba con un deterioro general en la calidad del servicio, por falta de mantenimiento e inversiones en infraestructura, coincidiendo lamentablemente con el deterioro general sufrido por el resto de las actividades económicas y la sociedad.

Que cabe destacar que al 25 de mayo del año 2003, con la asunción del Presidente Néstor Carlos KIRCHNER, el Gobierno Nacional se encontró con un escenario devastador: más de QUINCE MIL (15.000) kilómetros de vías fuera de servicio, cientos de estaciones clausuradas y abandonadas y con ello pueblos aislados.

Que en dicho escenario, es donde se inscriben los Contratos de Concesión correspondientes a las actualmente concesionarias denominadas, AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA y AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA.

Que por Resolución del ex MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 786/90 se efectuó el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la LINEA GENERAL SAN MARTIN y remanente de la LINEA DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO con exclusión de sus tramos urbanos RETIRO - PILAR y ONCE DE SEPTIEMBRE - MERCEDES, conforme al pliego aprobado por Resolución del ex MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº...

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