Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Junio de 2008, C. 1324. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 1324. XLIII.

V., N.F. y otros s/ comercio ilegal de estupefacientes.

Buenos Aires, 10 de junio de 2008 Autos y Vistos; Considerando:

Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto el 8 de abril de 2008 en la Competencia N° 452.X.A., B.J. y C., J.D. s/ infr. ley 23.737", a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello y oído el señor P.F., se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Federal de Tres de Febrero, Provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá. A. copia del mencionado precedente y de la Competencia N° 1503.XLII AAdorni, F.A. s/ peculado@. H. saber al Juzgado de Garantías N° 4 del Departamento Judicial de San Martín, de la provincia mencionada.

R.L.L. (en disidencia)- ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M. (en disidencia)- E. R.Z. -C.M.A..

DISI

Competencia N° 1324. XLIII.

V., N.F. y otros s/ comercio ilegal de estupefacientes.

DENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON R.L.L. Y DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES D.J.C.M. Y CARMEN M. ARGIBAY Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del señor P.F., se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado de Garantías N° 4 del Departamento Judicial de San Martín, Provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá. H. saber al Juzgado Federal de Tres de Febrero. R.L.L. -J.C.M. -C.M.A..

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