Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Febrero de 2008, A. 1430. XLIII

Fecha19 Febrero 2008
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1430. XLIII.

A., F. s/ protección de persona - proceso especial.

Buenos Aires, 19 de febrero de 2008 Vistos los autos:

AA., F. s/ protección de persona proceso especial@.

Considerando:

Que el escrito de interposición del recurso extraordinario (fs. 772/780) carece de un requisito esencial como es la firma de su presentante (arts. 1012 del Código Civil, 118 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y 46 del Reglamento para la Justicia Nacional), por lo que la presentación resulta ineficaz para producir los efectos procesales perseguidos, pues se trata de un acto jurídico inexistente y ajeno, como tal, a cualquier convalidación posterior (Fallos:

312:2151; 317:767; 323:2631; 327:5010, entre tantos otros).

Por ello, se desestima el recurso extraordinario. N.. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

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