Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Septiembre de 2007, A. 1462. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 1462. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

A.D., G. c/ Rhone Poulenc Rorer International y otro.

Buenos Aires, 11 de septiembre de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa A.D., G. c/ Rhone Poulenc Rorer International y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

  1. ) Que contra la sentencia de la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (fs. 2320/2330 de los autos principales), que revocó parcialmente el fallo de la instancia anterior (fs.

    2167/2178) y redujo el monto de condena, la actora interpuso el recurso extraordinario (fs.

    2336/2389) que, denegado, dio origen a la queja en examen.

  2. ) Que asiste razón al recurrente en cuanto objeta que la cámara haya reducido el período de preaviso reconocido por el juez de primera instancia, de tres meses a dos. En efecto, dado que la contraparte no cuestionó ante el a quo el aspecto señalado, su modificación importó violar el art. 277 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que establece un límite que tiene jerarquía constitucional (doctrina de Fallos: 229:953; 230:478; 248:549; 302:263; 313:528, 983; 319:2933; 325:603), por lo que corresponde descalificar dicha decisión.

  3. ) Que, con relación a los demás agravios propuestos, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

    Por ello, y lo concordemente dictaminado por la Procuradora Fiscal subrogante, se hace lugar parcialmente a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado en el

    considerando 2°. Costas por su orden. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponde, se dicte un nuevo fallo con arreglo al presente.

    H. saber, agréguese la queja al principal y, oportunamente, remítase.

    R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M. (en disidencia parcial)- E. R.Z. -C.M.A. (según su voto).

    VO

    A. 1462. XXXIX.

    RECURSO DE HECHO

    A.D., G. c/ Rhone Poulenc Rorer International y otro.

    TO DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA CARMEN M. ARGIBAY Considerando:

  4. ) En la presente causa, el actor demandó el pago de indemnización derivadas de la ruptura del vínculo laboral.

    El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y, en lo que al caso interesa, acogió el reclamo tendiente a "percibir tres meses de preaviso, pues conforme...ese es el plazo expresamente convenido" (fs. 2175, ult. párrafo de los autos principales).

    La parte demandada Cal expresar agraviosC cuestionó la apreciación de la validez y eficacia del contrato local de trabajo, la aplicación del tope indemnizatorio del art. 245 LCT, la dolarización del monto de la condena, la tasa de interés y su base de cálculo, la improcedencia del daño moral, la solidaridad admitida, los rubros vivienda y educación, la distribución de las costas y el monto de los honorarios regulados.

  5. ) La Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó parcialmente el fallo apelado y redujo a 2 el período de 3 meses de preaviso reconocido por el juez de la instancia anterior (fs. 2328 de los autos principales).

    Contra este pronunciamiento, la actora interpuso un recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen. En lo que interesa, sostuvo que el fallo del que se agravia constituye una violación del derecho de defensa (art.

    18 de la Constitución Nacional) y vulnera los principios de contradicción y congruencia.

  6. ) De los antecedentes reseñados surge que la sentencia apelada, al decidir la modificación del cálculo de la indemnización sustitutiva del preaviso produjo una reforma en perjuicio del actor, pues su derecho al pago estaba firme y consentido.

    En consecuencia, el remedio federal ha sido Cen este aspectoC incorrectamente denegado por la cámara de apelaciones, pues de acuerdo con la doctrina de esta Corte en Fallos: 247:109 el pronunciamiento no ha respetado los límites de la jurisdicción y ha afectado la autoridad de la cosa juzgada que sobre el punto revestía la sentencia de primera instancia, cuestiones que tiene jerarquía constitucional.

  7. ) La recurrente trae, también, otros agravios atinentes a la inoponibilidad del contrato local, la moneda de condena y diversos rubros salariales e indemnizatorios reclamados, respecto de los cuales el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del C.P.C.C.N.).

    Por ello, y habiendo dictaminado la señora Procuradora Fiscal subrogante, se hace lugar parcialmente a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado en el considerando 3°. Costas por su orden. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo con arreglo a la presente. H. saber, agréguese la queja al principal y, oportunamente, remítase.

    C.M.A..

    DISI

    A. 1462. XXXIX.

    RECURSO DE HECHO

    A.D., G. c/ Rhone Poulenc Rorer International y otro.

    DENCIA PARCIAL DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON J.C.M. Considerando:

    Que esta Corte comparte el criterio expuesto por la señora Procuradora Fiscal subrogante en su dictamen, al cual se remite.

    Por ello se desestima la queja. N. y, previa devolución de los autos principales, archívese. J.C.M..

    Recurso de hecho interpuesto por G.A.D., representado por el Dr. Gustavo Adrián Ciampa Tribunal de origen: Sala IX de la Cámara Nacional del Apelaciones del Trabajo Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo N° 80

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