Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Mayo de 2005, F. 1101. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 1101. XXXIX.

F., M.G. c/ Argencard S.A. s/ despido.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 10 de mayo de 2005.

Vistos los autos: "F., M.G. c/ Argencard S.A. s/ despido".

Considerando:

Que el recurso extraordinario plantea cuestiones sustancialmente análogas a la consideradas y resueltas en la causa "V., D.E. c/ Bank Boston N.A. s/ despido" (V.218.XXXIX), sentencia del 19 de octubre de 2004, de manera que los que suscriben, remiten, en razón de brevedad, a los fundamentos y conclusiones que formularon en dicha oportunidad.

Por ello, y lo concordemente dictaminado por el señor P. General substituto, se hace lugar al recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada con los alcances que se siguen del precedente citado, por lo que el expediente deberá ser devuelto a fin que, por quien corresponda, sea dictada una nueva con arreglo a la presente.

Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). A. copia del mencionado precedente, hágase saber y, oportunamente, remítase. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.R.Z. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso extraordinario interpuesto por la parte actora (F., M.G., representado por los Dres.

H.R.M. y S.S. (fs. 130/140).

Traslado contestado por la parte demandada (Argencard S.A.), representada por el Dr. J.A.Z..

Tribunal de origen: Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional del Trabajo N° 74.

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