Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 31 de Agosto de 2004, T. 819. XXXIX

Fecha31 Agosto 2004
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 819. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

Totola Coria, P. c/ Techint S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 31 de agosto de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Techint Compañía Técnica Internacional S.A.C.I. en la causa Totola Coria, P. c/ Techint S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja y se da por perdido el depósito (fs. 1). H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -A.R.V. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por Techint Compañía Técnica Internacional S.A.C.I. representada por la Dra. M.I..

Tribunal de origen: Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional del Trabajo n° 14.

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