Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Abril de 2003, M. 829. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 829. XXXII.

ORIGINARIO

M., C.A. c/ Misiones, Provincia de y otros s/ cobro de pesos.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 10 de abril de 2003.

Autos y Vistos:

Teniendo en cuenta la labor desarrollada en el principal y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°, incs. a, b, c y d; 7°, 9°, 11, 37 y 38 de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432, se regulan los honorarios del doctor R.N.M.V. en la suma de once mil cien pesos ($ 11.100); los de los doctores A.N.A., M.J.S., H.G.S., M.F.P., M.A.A., R.J.M. y R.A.N. (h), en conjunto, en la de ocho mil cien pesos ($ 8.100); los de los doctores L.J.W. y A.P.S.A., en conjunto, en la de ocho mil cien pesos ($ 8.100); los de la doctora M. delP.S. en la de siete mil pesos ($ 7.000) y los de los doctores A.R.A. y L.A.F., en conjunto, en la de mil doscientos pesos ($ 1.200).

Asimismo, en atención a lo dispuesto por el art. 3° del decreto-ley 16.638/57 y considerando el trabajo realizado a fs. 550/554 y 561, se fija la retribución del perito contador C.A.L. en la suma de cuatro mil quinientos pesos ($ 4.500).

N..

JULIO S.

NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO (en disidencia)- GUILLERMO A. F.

LOPEZ - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ - JUAN CARLOS MAQUEDA.

DISI

M. 829. XXXII.

ORIGINARIO

M., C.A. c/ Misiones, Provincia de y otros s/ cobro de pesos.

Corte Suprema de Justicia de la NaciónDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ANTONIO BOGGIANO Considerando:

Que el suscripto reitera el criterio expuesto en la disidencia pertinente de Fallos: 322:2961, acerca de la inclusión de los intereses en la base regulatoria, lo que así se resuelve. N.. A.B..

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