Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Julio de 2002, C. 1644. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 944. XXXVIII. y otros PVA Avalos, I. s/ interpone recurso de apelación por retardo de justicia en autos:

A., I. c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad exp. N° 43.024/98.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 18 de julio de 2002.

Vistos los autos: "›A., I. s/ interpone recurso de apelación por retardo de justicia en autos: A., I. c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad exp.

N° 43.024/98'; B.

2147.XXXVIII.

›B., J.M. s/ interpone recurso de apelación por retardo de justicia en autos: B., J.M. c/ ANSeS s/ reajustes varios=; C.1644.XXXVIII. ›Cima, A.F. s/ interpone recurso de apelación por retardo de justicia en autos: ›Cima, A.F. c/ ANSeS s/ ejecución previsional= expediente N° 47.644/99'; M.1384.XXXVIII. ›M., A. s/ interpone recurso de apelación por retardo de justicia en autos: ›M., A. c/ ANSeS s/ reajustes varios= exp. N° 514.377/96'".

Considerando:

Que del examen de las constancias de las causas surge que los antecedentes de estos casos no son suficientes para configurar un supuesto de excepción que, como los considerados en las causas A.335.XXXVII. "Anderle, J.C. c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad s/ su presentación por retardo de justicia de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social Sala III" y M.327.XXXVII.

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