Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Abril de 2001, I. 183. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 183. XXXV.

Industrias S.G.S.A. s/ concurso preventivo s/ incidente de apelación.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 24 de abril de 2001.

Autos y Vistos:

En atención a la labor desarrollada a fs. 204/213 y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°, incs. b, c y d; 9° y 14 de la ley 21.839 -modificada por la ley 24.432- y el art. 287 de la ley 24.522, se regulan los honorarios de los doctores E.F.B. y R.B.A.S. en las sumas de tres mil pesos ($ 3.000) y de mil doscientos pesos ($ 1.200), respectivamente.

Asimismo, con relación a los trabajos vinculados al escrito de fs. 215/223 vta. y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°, incs. b, c y d; 9° y 14 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432- y el art. 287 de la ley 24.522, se regulan los honorarios de los doctores H.P.F. y H.G.A. en las sumas de tres mil pesos ($ 3.000) y de mil doscientos pesos ($ 1.200), respectivamente.

N. y devuélvase. EDUARDO MOLINE O=CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.

BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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