Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 31 de Octubre de 2000, C. 594. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 31 de octubre de 2000.

Autos y Vistos, Considerando:

Que al caso de autos resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto en la fecha en la Competencia N° 641 XXXV ALuna, M. s/ infr. ley 25.086", a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor P.F., se declara que deberán remitirse las presentes actuaciones a la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, Provincia de Buenos Aires, a sus efectos. A. copia del mencionado precedente y del correspondiente dictamen. H. saber al Juzgado de Garantías N° 1 del mismo departamento judicial.

JULIO S.

NAZARENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUI- LLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZ- QUEZ.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR