Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Abril de 1998, R. 236. XXXIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 236. XXXIII.

RECURSO DE HECHO

R., R.H. c/ Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires S.A.

Buenos Aires, 2 de abril de 1998.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Rebissoni, R.H. c/ Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Se condena a Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires S.A. (en liquidación) a satisfacer el depósito correspondiente al art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encuentra diferido de acuerdo con lo prescripto en la acordada 47/ 91 (fs. 42 vta.) N. y, oportunamente, archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR -CARLOS S. FAYT- AUGUSTO CESAR BELLUSCIO- ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI- ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.

F. LOPEZ - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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