Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Mayo de 1997, F. 1. XXXIII
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
F. 1. XXXIII.
RECURSO DE HECHO
Fundación Cultural Círculo Militar c/ Círculo Militar.
Buenos Aires, 6 de mayo de 1997.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Fundación Cultural Círculo Militar c/ Círculo Militar", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito. N. y archívese.
EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..
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Sentencia Nº 17651/13 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2013
...de las prestaciones, pues cada cual procura obtener una ventaja en el negocio y eso no compromete la ilicitud del acto" (CNCiv., S.F.1., ED. 99 484). No puede entonces considerarse probado que con la parcial diferencia de valores fiscales entre sólo dos de los tres inmuebles que comprendió ......
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Sentencia Nº 17651/13 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2013
...de las prestaciones, pues cada cual procura obtener una ventaja en el negocio y eso no compromete la ilicitud del acto" (CNCiv., S.F.1., ED. 99 484). No puede entonces considerarse probado que con la parcial diferencia de valores fiscales entre sólo dos de los tres inmuebles que comprendió ......