Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Febrero de 1997, A. 798. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 798. XXXII. y otros

RECURSOS DE HECHO

A., H.J. c/ Organización Clearing Argentino S.A.

Buenos Aires, 27 de febrero de 1997.

Vistos los autos: "Recursos de hecho deducidos por la actora en las causas: 'A., H.J. c/ Organización Clearing Argentino S.A.'; I.248 'Iacobaccio, O.V. c/ North Data S.A.'; M.1719 'M., M.A. c/S.S.A. y otros'; M.1872 'M., R.A. c/ Productos Roche S.A.Q. e I.'; y por J.M.A. en la causa F.1092 'Frías, L.R. c/A., O. y otro'", todos del libro XXXII, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuya denegación motivó las presentes quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestiman las quejas. D. perdido el depósito de fs. 1 en la causa F.1092.XXXII. A. copia del presente pronunciamiento en los autos respectivos. H. saber y, oportunamente, archívense.

EDUARDO MOLINE O'CONNOR -AUGUSTO CESAR BELLUSCIO-ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI- ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F.

LOPEZ.

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