Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Febrero de 1995, R. 372. XXII

Fecha23 Febrero 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 372. XXII.

ORIGINARIO

Radiodifusora Buenos Aires S.A. c/ Formosa, Provincia de (Subsecretaría de Comunicación Social) s/ cobro de australes.

Buenos Aires, 23 de febrero de 1995.

Autos y Vistos:

Teniendo en cuenta la labor desarrollada en el principal y de conformidad con lo dispuesto por los arts.

6°, incs. a, b, c, y d; 7°, 9°, 22, 37 y 38 de la ley 21.839, se regulan los honorarios de los doctores R.L.C. y C.A.M., en conjunto, por la dirección letrada y representación de la actora, en la suma de once mil trescientos pesos ($ 11.300).

Asimismo, se regulan los honorarios de la perito contadora S.L.B. en la suma de tres mil pesos ($ 3.000) (art. 3° del decreto-ley 16.638/57).

En atención a lo solicitado a fs. 281, corresponde efectuar la siguiente discriminación, de los pesos precedentemente fijados a los doctores R.L.C. y C.A.M., siete mil quinientos cuarenta pesos ($ 7.540) responden a la tarea profesional cumplida con anterioridad al 1 de abril de 1994 y el remanente de tres mil setecientos sesenta pesos ($ 3.760) corresponde a trabajos realizados con posterioridad a la fecha indicada (arts. 37 y 38 ya citados). N..

EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.

BOSSERT.

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