Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Marzo de 2012, C. 1183. XLVII

Sentido del falloDECLARA COMPETENCIA -
Fecha20 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia Nº 1183. XLVII.

L.;Acosta, B.;Melina s/ infracción ley 24.270.

Buenos Aires, 20 de marzo de 2012 Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.;Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente, el Juzgado en lo Penal de Instrucción, Centro Judicial Concepción, de Primera Nominación Judicial de la provincia de Tucumán, al que se le remitirá.

H. saber al Juzgado Nacional en lo Correccional nº 13.

R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI -C.;M. ARGIBAY.

ES COPIA -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2012/GWarcalde/febrero/L_Comp_1183_L_XLVII.pdf Impedimento de contacto - Interés superior del niño - Competencia local -2-

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