Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Diciembre de 2011, B. 752. XLVI

Fecha06 Diciembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 752. XLVI.

RECURSO DE HECHO Baddouh, R.;Eleanor c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/ daños y perjuicios.

Buenos Aires, 6 de diciembre de 2011 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Baddouh, R.;Eleanor c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/ daños y perjuicios

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

Intímase a la recurrente para que, en el ejercicio financiero que corresponda, haga efectivo el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación —cuyo pago se encontraba diferido a fs. 28—, de conformidad con lo prescripto en la acordada 47/91 de este Tribunal. N., tómese nota por Mesa de Entradas y, oportunamente, archívese. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, demandado en autos, representado por el Dr. A.;Gustavo Di Pietro, con el patrocinio letrado del Dr. C.;Ignacio Salvadores de A.;(Director Gral. de Asuntos Institucionales de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. S.;B.T. que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil nº 67. -1-

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