Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Mayo de 2010, H. 116. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

H. 116. XLV.

RECURSO DE HECHO H., S.;Daniel s/ privación ilegítima de la libertad etc. Ccausa n° 21.268C.

Año del Bicentenario Buenos Aires, 19 de mayo de 2010 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por el Defensor Oficial de S.;Daniel Hughes en la causa H., S.D. s/ privación ilegítima de la libertad etc.

Ccausa n° 21.268C@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.;I. HIGH- TON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI (según su voto)- J.;CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA VO-1-

H. 116. XLV.

RECURSO DE HECHO H., S.;Daniel s/ privación ilegítima de la libertad etc. Ccausa n° 21.268C.

Año del Bicentenario TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E.;SANTIAGOP. Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima esta queja. I. al recurrente a que dentro del quinto día, acompañe copia de la decisión que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

H. saber y archívese.

ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por S.;Daniel Hughes, asistido por el Defensor Oficial A.;Hugo Barone.

Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de Chubut.

Tribunal que intervino con anterioridad: Cámara en lo Criminal de Esquel. -3-

-4-

H. 116. XLV.

RECURSO DE HECHO H., S.;Daniel s/ privación ilegítima de la libertad etc. Ccausa n° 21.268C.

Año del B. -5-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR