N.N. S/contrabando
Fecha de la disposición | 19 de Octubre de 2010 |
Martes 19 de octubre de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.010 38 dispuesto por el artÃculo 12 del Código Penal, con costas.
Segundo: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el dÃa 22 de Noviembre del año dos mil trece, y diez dÃas para el pago de multa y costas del Juicio.
Tercero: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: Remitir a Oscar EfraÃn Cardozo, al Servicio Penitenciario Federal para que cumplan la pena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo, haciéndole saber a la mencionada institución que deberá evaluar la solicitud efectuada por el nombrado y disponer la permanencia en el actual lugar de detención o el alojamiento en una unidad de la institución, que favorezca a las visitas familiares y coadyuve a la resocialización, cumpliendo asà con el fin de la pena.
Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Oscar EfraÃn Cardozo, para su correspondiente notificación en ese lugar.Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Oscar EfraÃn Cardozo dispuesta a fs.
72/73 de autos.
Séptimo: Ordenar el decomiso del vehÃculo automotor Renault 19, dominio CHN-381 siendo el titular del mismo Oscar EfraÃn Cardozo, según constancia acta de procedimiento de fs.
2/3 de autos.
Octavo: Mandar que por SecretarÃa se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. â René Vicente Casas. â Marta Liliana Snopek. â Jorge Luis Villada. Ante mÃ: EfraÃn Ase, Secretario.
e. 08/10/2010 N'º119174/10 v. 22/10/2010 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: âFernández,
Edwin S/Inf. A la Ley N'º23.737:
Falla:
Primero: Condenar a Edwin Fernández de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de cuatro años de prisión, multa de pesos doscientos veinticinco ($225), con más la inhabilitación absoluta que prescribe el artÃculo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes previsto y penado por el artÃculo 5'º inciso âCâ de la ley 23.737, con costas.
Segundo: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el dÃa 13 de Julio del año dos mil trece, y diez dÃas para el pago de multa y costas del Juicio.
Tercero: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: Levantar la inhibición general de bienes de Edwin Fernández, dispuesta a fs.59/60 de autos.Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Edwin Fernández para su notificación en ese...
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