Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 2 de Noviembre de 2016, expediente FSM 044691/2014/CA002

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE SAN MARTÍN - SALA II Causa FSM 44691/2014/CA1 – Orden 11458 TORRIELLI I.H., EN REP. U.E.G.T.T. c/ PODER JUDICIAL DE LA NACION s/LEYES ESPECIALES Juzgado Federal de San Martín 1 – Secretaría 2 San Martín, 2 de Noviembre 2016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado por la actora contra la sentencia de fs. 107/112vta. que rechazó la acción de amparo. El traslado no fue contestado [cfr. fs.

    114/121vta., 122, 123/123vta., 124; art. 15, ley 16986].

  2. Los elementos de juicio esenciales y decisivos adquiridos en el proceso son los siguientes:

    En primer lugar, está indiscutido que el hijo de la amparista, U.E.G.T.T., de 15 años de edad es afiliado a la OSPJN, en razón de su calidad de hijo del Sr. W.L.T., empleado del Poder Judicial de la Nación, [N° 31703/20; cfr. credencial fs. 13, acta de nacimiento, DNI, fs. 10 y 12, recibo de sueldo, 1008, fs. expediente administrativo 31703] y posee certificado de discapacidad ley 22.431 de la Secretaría de Programas Sanitarios –

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    Fecha de firma: 02/11/2016 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #23865078#161725315#20161108091344726 Servicio Nacional de Rehabilitación del Ministerio de Salud, con “ANTECEDENTES: Genético. Síndrome de Down. DIAGNÓSTICO: R Mental no especificado. TIPO DE DISCAPACIDAD: Mental” con validez hasta el 17/10/2017 [cfr. fs. 11].

    En segundo lugar, en diciembre de 2012, la Lic. B.E., de la Fundación para el Estudio de los Problemas de la Infancia, manifiesta que “en el marco del Equipo de Psicopedagogía Clínica […] U.

    ha presentado una evolución paulatina lo que le permite continuar construyendo vínculos con pares y otros adultos, favoreciendo la posibilidad de futuros aprendizajes, incrementando su desarrollo cognitivo y emocional. Tomando en cuenta, la evolución paulatina que U. va teniendo y permitir que continúe construyendo vínculos […] se considera pertinente […] que el niño […] pueda continuar beneficiándose de diferentes espacios de trabajo que incrementen su desarrollo cognitivo y emocional. Es importante que pueda beneficiarse de espacios de musicoterapia, educación física, manualidades, actividades de la vida diaria, para continuar -2-

    Fecha de firma: 02/11/2016 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #23865078#161725315#20161108091344726 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE SAN MARTÍN - SALA II Causa FSM 44691/2014/CA1 – Orden 11458 TORRIELLI I.H., EN REP. U.E.G.T.T. c/ PODER JUDICIAL DE LA NACION s/LEYES ESPECIALES Juzgado Federal de San Martín 1 – Secretaría 2 mejorando su calidad de vida y lograr mayor autonomía” [cfr. 946, expediente administrativo 31703, de la Obra Social del Poder Judicial de la Nación].

    El 15 de enero de 2013, se presenta ante la Obra Social accionada, «presupuesto» y «fundamentación y actividades» correspondientes al Proyecto Deportivo Especial Despertar [cfr. fs.

    986/1008vta., expediente administrativo 31703].

    El 18 de marzo de 2013, el presidente del Directorio de la Obra Social del Poder Judicial de la Nación resuelve aprobar la cobertura de la institución Despertar, para lo cual se la homologa como centro de día categoría C [cfr. Res. N° 750/13, fs. 1022/1022vta., expediente administrativo 31703].

    El 10 de abril de 2013, la sra. T. expresa que en la resolución N° 750 el monto autorizado, no corresponde al del presupuesto presentado [cfr. fs. 1023, expediente administrativo 31703].

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    Fecha de firma: 02/11/2016 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #23865078#161725315#20161108091344726 El 12 de abril de 2013, la accionada responde que “el proyecto Deportivo Especial Despertar NO se encuentra amparado en los alcances de la Resolución Ministerial vigente […] No obstante ello, se evaluó el plan de tratamiento y se decidió, POR EXCEPCIÓN, homologar a Centro de día, categoría C, 1 vez por semana” [cfr. fs. 1024, expediente administrativo 31703].

    El 22 de mayo de 2013, la actora intima a la accionada por la cobertura del tratamiento respecto de U. con fundamento en que “su médico tratante le indicara actividad física especial con natación correctiva para el desarrollo de habilidades sociales en el marco del ‘Proyecto Despertar’. Lo prescripto por el médico neurólogo de cabecera dista mucho de un simple tratamiento de hidroterapia. El mismo abarca un concepto mucho más integrador poniendo el énfasis en el desarrollo social” [cfr.

    carta documento, fs. 1304, expediente administrativo 31703].

    El 23 de mayo de 2013, la Auditoría médica de la OSPJN le informa a la Asesoría Jurídica que -4-

    Fecha de firma: 02/11/2016 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #23865078#161725315#20161108091344726 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE SAN MARTÍN - SALA II Causa FSM 44691/2014/CA1 – Orden 11458 TORRIELLI I.H., EN REP. U.E.G.T.T. c/ PODER JUDICIAL DE LA NACION s/LEYES ESPECIALES Juzgado Federal de San Martín 1 – Secretaría 2 “el afiliado titular presenta presupuesto de Despertar: Educación Física Especial con Natación Correctiva (Acompañamiento Personalizado) […] Se encuentra a cargo de un Profesor de Educación Física y se realiza en el Club Atlético Estudiantil Porteño […] entendiendo que la actividad que realizan podría ser beneficiosa para el niño” [cfr. fs. 1035/1036, expediente administrativo 31703].

    El 10 de junio de 2013, la accionada comunica al amparista, a través de carta documento, que “a los fines de avaluar la cobertura requerida en Despertar deberá presentar previamente la habilitación del establecimiento” [cfr. carta documento, fs. 1037].

    El 9 de diciembre de 2013, el Dr. A.B., médico pediatra [MN 89031 – MP 446965], prestador de la obra social, en la esfera de su especialidad, científica y responsabilidad profesional, informa que el niño “presenta los siguientes diagnósticos: -Sme de Down. –Cardiopatía CIV (operado en Fundación Favaloro a los 6 meses de -5-

    Fecha de firma: 02/11/2016 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #23865078#161725315#20161108091344726 edad) Continúa con controles pero sin medicación.

    -Problemas oculares, ectropión bilateral, con tto oclusivo en un principio, y luego presentó úlcera de córnea der que evolucionó a un absceso corneal.

    Requirió atb locales y Tarsorrafia. Iridectomía óptica. Injerto de piel retroauricular en párpados inferiores. –Hipotiroidismo (en tto con levotiroxina) desde 2007. –ADDH en tto con risperidona. –Testículo en ascensor. Asiste a Escuela especial, primer ciclo […] No lee ni escribe. Doble jornada. Tratamientos que realiza:

    -psicopedagogía […] –fonoaudiología […] –actividad física especial (en Proyecto Despertar, para niños con necesidades especiales, donde asiste desde enero 2013). Solicito por la presente cobertura para continuar asistiendo al establecimiento Proyecto Despertar, con frecuencia de una vez por semana durante el período de actividad escolar, y de 5 veces por semana durante el período de receso escolar (de verano y de invierno) […] Debido a las mejorías presentadas desde el comienzo de esta -6-

    Fecha de firma: 02/11/2016 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #23865078#161725315#20161108091344726 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE SAN MARTÍN - SALA II Causa FSM 44691/2014/CA1 – Orden 11458 TORRIELLI I.H., EN REP. U.E.G.T.T. c/ PODER JUDICIAL DE LA NACION s/LEYES ESPECIALES Juzgado Federal de San Martín 1 – Secretaría 2 práctica, considero fundamental que U. continúe asistiendo” [cfr. fs. 14]. No hay prueba opositora.

    El 6 de enero de 2014, se incorpora a las actuaciones administrativas, resumen de historia clínica firmada por el Dr. B.; informe evolutivo y plan de tratamiento firmado por la Lic.

    E.; certificado de discapacidad del niño U.E.G.T.T.; certificado de reconocimiento del Club Atlético Estudiantil Porteño, de la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires; inscripción como entidad de bien público de ese club en el Partido de La Matanza; analítico y constancia de opción del monotributo del sr. G.H.F.; presupuesto y fundamentación y actividades del proyecto Despertar [cfr. fs.

    1080/1111, expediente administrativo 31703].

    El 21 de enero de 2014, por resolución 276/14, se homologa el pedido de cobertura del proyecto Despertar como centro de día categoría C [cfr. fs. 1113/1113vta., expediente administrativo 31703].

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    Fecha de firma: 02/11/2016 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #23865078#161725315#20161108091344726 Por ello, el 29 de agosto de 2014 se interpone acción de amparo contra la OBRA SOCIAL DEL PODER JUDICIAL...

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