Publicaciones de la Sección Suplemento de 30 de Agosto de 2016

AÑO CVII/ LA PLATA, MARTES 30 DE AGOSTO DE 2016 Nº 27.855
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
S U P L E M E N T O D E 24 P Á G I N A S
R e s o l u c i o n e s
R e s o l u c i o n e s
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Provincia de Buenos Aires
INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS
Resolución N° 1.393/16
La Plata, 08 de agosto de 2016.
Visto el expediente Nº 2319-22454/2016, caratulado “Implementación del Sistema de
“Registración de Eventos de Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar Automatizadas”
(R.E.M.A) “, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nº 13.063, se autorizó el funcionamiento de Máquinas Electrónicas
de Juegos de Azar, en cualquiera de sus variantes, exclusivamente en las Salas de Bingo
actualmente habilitadas y en funcionamiento;
Que de acuerdo a lo previsto por el Decreto Nº 2.195/06, este Instituto Provincial de
Lotería y Casinos, como Autoridad de Aplicación de la referenciada Ley Nº 13.063, detenta
la atribución de dictar los reglamentos de juego, los que contendrán las normas que def‌i nirán
los aspectos técnicos y administrativos para el funcionamiento de las Máquinas Electrónicas
de Juego de Azar en las Salas de Bingo habilitadas y en funcionamiento en el ámbito de la
Provincia y su sistema de control;
Que en el referido contexto, se dictó la Resolución Nº 3.002/05, la que aprobó el
“Sistema de Gestión de Actos Administrativos” (SGAAWEB), aplicable a la gestión de los
incidentes ocurridos e informados en las máquinas tragamonedas y Sistema de Control de
las Salas de Bingos de la Provincia de Buenos Aires;
Que deviene conveniente, la implementación de un nuevo sistema que optimize
el seguimiento de los diferentes trámites, originados en torno al funcionamiento de las
máquinas de juego y que se encuentran estrechamente vinculados a las funciones de
contralor de este Instituto;
Que esta nueva implementación, genera la necesidad de contar con datos actuales,
desde cada Sistema On-Line, acerca de las Máquinas Electrónicas de Juego instaladas
en las Salas de Bingo de la Provincia de Buenos Aires, a efectos de conformar el padrón
general de máquinas con los datos correctos y completos, para instrumentar el reemplazo
del Sistema;
Que a efectos de cumplimentar con los requerimientos propuestos en la presente,
corresponderá establecer un sistema sancionatorio que prevea las situaciones de
incumplimiento;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Sistemas a fs. 87;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Mercado a fs. 90 y la
Dirección Provincial de Juegos y Explotación fs. 89;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Jurídico Legal a fs. 88;
Que corresponde al Secretario Ejecutivo y el Vicepresidente del Instituto rubricar el
presente acto administrativo;
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4° de
la Carta Orgánica del Instituto Provincial de Lotería y Casinos aprobadas por el artículo 2°
del Decreto N° 1170/92, y sus modif‌i catorias, Decreto Nº 59/15 y Nº 11/16;
Por ello;
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Limitar la utilización del Sistema de Gestión de Actos Administrativos”
(SGAAWEB), al día 31 de agosto de 2016.
ARTÍCULO 2°.- Implementar a partir del día 1 de septiembre de 2016 el Sistema de
“Registración de Eventos de Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar Automatizadas”
(R.E.M.A), por el que se deberán gestionar los diferentes trámites –actualmente existentes
o a implementarse- vinculados al funcionamiento de las Máquinas Electrónicas de Juegos
de Azar Automatizadas instaladas en las Salas de Bingo de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el instructivo para la utilización del Sistema de “Registración de
Eventos de Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar Automatizadas” (R.E.M.A), que como
Anexo I integra el presente acto administrativo.
LA PLATA, MARTES 30 DE AGOSTO DE 2016 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
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ARTÍCULO 4º.- Determinar que al momento de implementarse el Sistema “Registración
de Eventos de Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar Automatizadas” (R.E.M.A), las
Salas de Bingo de la Provincia de Buenos Aires - a efectos de conformar el padrón general
de máquinas con los datos correctos y completos-, deberán haber presentado los archivos
en las condiciones en el artículo siguiente previstas a f‌i n de concretar la migración de la
información obrante en cada Sistema On Line, al Sistema R.E.M.A.
ARTÍCULO 5º.- Aprobar el Instructivo de Migración que como Anexo II, integra el
presente acto administrativo.
ARTÍCULO 6º.- Establecer que, a los f‌i nes de asegurar la actualización de la información
objeto de migración, a partir del día 16 de agosto de 2016, no se aceptará el inicio de
aquellos trámites, que por sus características debieran ser asentados a través del R.E.M.A.
(excluidos los de tipo autovalidados). En lo que respecta a los trámites en curso, cuyo
inicio hubiera acaecido con anterioridad al 16/08/2016 y a la fecha de implementación del
R.E.M.A., no se encontraren f‌i nalizados; se instrumentará particularmente su tratamiento.
ARTÍCULO 7º.- Determinar que la implementación Sistema de “Registración de Eventos
de Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar Automatizadas” (R.E.M.A), no releva a las
Salas de Bingo de dar cumplimiento con los demás procedimientos establecidos para las
altas, puesta en funcionamiento, bajas, registro y comunicación de eventos de máquinas
de azar automatizadas, etc. conservando las normas oportunamente dictadas su plena
vigencia.
ARTÍCULO 8º.- Sancionar el incumplimiento a los términos de la presente Resolución
en los siguientes términos:
a) Multa de diez (10) a treinta (30) módulos ante el primer incumplimiento.
b) Multa de treinta y uno (31) a cien (100) módulos, al continuarse con la actitud omisiva,
que fuere objeto de una primera sanción de multa; pese a la intimación que en este contexto
se le efectuare.
c) Caducidad de la autorización, al continuarse con la actitud omisiva, que fuere objeto
de una segunda sanción de multa; pese a la intimación que en este contexto se le efectuare.
Cada módulo equivale a un sueldo mínimo más las bonif‌i caciones del agente de la
administración pública provincial.
ARTÍCULO 9º.- Registrar por el Departamento Despacho, publicar en el Boletín Of‌i cial
y en el SINBA, comunicar a quien corresponda y archivar.
Meliton Eugenio Lopez
Presidente
Anexo I
Dirección de Sistemas
INTRODUCCIÓN
En el marco del proceso de renovación tecnológica que está implementando este
Instituto Provincial de Lotería y Casinos se presenta R.E.M.A.
Registración de Eventos de Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar Automatizadas
REMA es una aplicación Web que gestiona la información sobre incidentes ocurridos
y reportados en relación a las Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar Automatizadas
instaladas en las salas de Bingo de la Provincia de Buenos Aires.
Esta herramienta está desarrollada con recursos propios, con tecnología Web abierta
y multiplataforma, y permite integrar a distintas áreas del IPLyC según sus incumbencias. En
ese sentido, el Sistema opera con acceso En-Línea para las Salas de Bingo de la Provincia
de Buenos Aires, el Departamento Bingo y el Área Hiperión, y con disponibilidad 7x24.
Dependiendo del rol del usuario que ingresa al sistema, se encontrarán disponibles
distintas funcionalidades relacionadas con los trámites que se pueden realizar. En la pantalla
de acceso al sistema, se ingresará el nombre de usuario y una contraseña.
INGRESANDO AL SISTEMA
A partir del ingreso de usuario y contraseña correspondientes, se podrán acceder
a las distintas funciones disponibles del rol.
En el extremo superior derecho de la pantalla, se podrá corroborar el rol con el
que se está accediendo al sistema, además de la fecha y hora de ingreso, por ejemplo
Rol: OPERADOR SALA BINGO. Para abandonar la sesión en la que se encuentra, debe
referirse al vínculo de Cerrar sesión.
La primera pantalla que aparece muestra un Listado de Novedades de los
trámites recientes realizados que han sufrido un cambio en su estado para la sala de bingo
correspondiente. Se podrán visualizar tanto los trámites SIMPLES como los COMPUESTOS.
Para ver los compuestos, se debe hacer clic en la f‌l echa del extremo inferior izquierdo,
donde se lee Trámites Compuestos. Si se desea volver a visualizar los trámites simples,
se hace clic en la f‌l echa del extremo superior izquierdo donde se lee Trámites Simples
(Eventos). Una vez que se observa el listado en pantalla, se podrán ordenar ID de Trámite,
Tipo, Estado ó Fecha de cambio de estado, UID y nombre de la sala. Además de aparecer

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