Resolución N° 69 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor20 de Marzo de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 54
CORDOBA, (R.A.), LUNES 20 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE EDUCACIÓN
TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución N° 69
Córdoba, 16 de marzo de 2017
VISTO:La necesidad de proceder a la cobertura de cargos de Director y
Vicedirector, con carácter titular, en el ámbito de esta Dirección General
de Educación Técnica y Formación Profesional, en el marco establecido
en la Ley N° 10237 y su Decreto Reglamentario N° 930/15; y
CONSIDERANDO:
Que existen en el ámbito de ésta Dirección General treinta y dos (32)
cargos de Director y trece (13) de Vicedirector que deben declararse va-
cantes, de los cuales doce (12) cargos de Directores y seis (6) de Vice
Directores fueron declarados desiertos por Resolución N° 0028/2017 de
la D.G.E.T. y F. P., a los nes de su cobertura con carácter titular;
Que conforme lo dispone la Ley N° 10.237, en su Art. 10°, una vez
declarada la vacancia, esta Dirección General procede a efectuar el lla-
mado a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura
en carácter de TITULAR de los cargos de Director y Vicedirector, en un
todo de acuerdo con lo previsto en los Artículos 25°, 27°, 62°, 63°cc.y ss.
del Decreto Ley 214/E/63 y sus modicatorias;
Que en cumplimiento del Art. 8° del Decreto N° 930/15, la Convo-
catoria a Concurso será publicada por el término de cinco (5) días en
la Página Web del Gobierno de la Provincia, en el Boletín Ocial, en la
Junta de Clasicación, en la Comisión Permanente de Concursos, en las
Inspecciones de Zona y en la Sede la Dirección General de Educación
Técnica y Formación Profesional, para conocimiento del personal de to-
dos los centros educativos dependientes de esta Dirección General;
Que en el Art. 9° del Decreto N° 930/15, se prevé un término de cinco
(5) días para la inscripción de los aspirantes en el concurso, a partir de la
última publicación de la Convocatoria; la que se deberá efectuar ante la
Comisión Permanente de Concursos, en el domicilio jado en la presente
Resolución.
Que la designación de los miembros del Jurado, titulares y suplentes,
se llevará a cabo por Resolución del Ministerio de Educación, con antela-
ción al inicio del período de inscripción, tal como lo establece el Art. 29°
del Decreto N° 930/15;
Que las pruebas de oposición previstas en el Art. 25 del Decreto Ley
214-E-63, se implementarán de acuerdo con la reglamentación de Con-
cursos establecida en el Art. 24 del Decreto N° 930/15 y Resolución Mi-
nisterial N° 1475/2016;
Por todo ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
R E S U E L V E
Art. 1º.- DECLARAR “ad referéndum” del Ministerio de Educación, la
vacancia:
A. Treinta y dos (32) cargos de Director, dependientes de esta Dirección
General de Educación Técnica y Formación Profesional; los que se de-
tallan en el Anexo I, que compuesto por tres (3) folios, forman parte del
presente instrumento legal.-
B. Trece (13) cargos de Vicedirector, dependientes de esta Dirección
General de Educación Técnica y Formación Profesional; los que se de-
tallan en el Anexo II, que compuesto por un (1) folios, forma parte del
presente instrumento legal.-
Art. 2º.- CONVOCAR a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposi-
ción para cubrir:
A. Treinta y dos (32) cargos vacantes de Director, de la Dirección Ge-
neral de Educación Técnica y Formación Profesional; que se encuentran
detallados en el Anexo I.
B. Trece (13) cargos vacantes de Vicedirector, de la Dirección General
de Educación Técnica y Formación Profesional; que se encuentran deta-
llados en el Anexo II.
Art.3º.- Los aspirantes se inscribirán para las vacantes ante la Co-
misión Permanente de Concursos en el período comprendido entre el
28/03/2017 y el 03/04/2016 inclusive, debiendo optar por un solo estable-
cimiento y cargo, en el ámbito geográco de la/s inspección/es que perte-
nece/n, según el Anexo I y Anexo II de esta Convocatoria, y de acuerdo a
lo preceptuado por el Art. 5° y 6° del Decreto N° 930/15 reglamentario del
Art 10 de la Ley 10.237.-
Art. 4º.- Podrán acceder al concurso previsto en el Art. 2° ut supra,
aquellos docentes que reúnan los requisitos establecidos en el Art. 15° y
16° de la Ley 10.237 (modicatorio del Art. 62 y 63 del Decreto Ley 214-
E-63) y que a la fecha se desempeñen en establecimientos dependientes
de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional,
que no se encuentren incursos en las causales de inhabilitación previstas
en el Art. 11° del Decreto N° 930/15, según el siguiente detalle:
A) PRIMERA CONVOCATORIA: podrán inscribirse aquellos docentes
que cumplan con los requisitos anteriormente mencionados y que a la
fecha se desempeñen en establecimientos educativos dependientes de
la misma zona de Inspección, en la cual se produce la vacante conforme
Anexo I y II para los cargos de Director y Vicedirector respectivamente.
B) SEGUNDA CONVOCATORIA: VACANTES DECLARADAS DESIER-
TAS POR RESOLUCIÓN N° 0028/2017
B-1) Cargos de Director:
1) IPEA N° 14, IPET N° 48, IPETYM N° 101, IPET N° 149, IPEAYT
N°189, IPET N° 249, IPET N° 129, IPETYM N° 133, IPET N° 248: podrán
inscribirse todos los docentes que cumplan con los requisitos anterior-
mente mencionados y que se desempeñen en establecimientos educa-
tivos dependientes de las Inspecciones de Educación Técnica Zona I,
Zona II, Zona III, Zona VI, Zona VIII y Zona IX.
2) IPEMYT N° 24, IPET N° 404, IPET N° 386: podrán inscribirse todos
los docentes que cumplan con los requisitos anteriormente mencionados
y que se desempeñen en establecimientos educativos dependientes de
las Inspecciones de Educación Técnica Zona I, Zona II, Zona III y Zona
VII.
B-2) Cargos de Vice- Director:
1) IPEA N° 14, IPET N° 313, IPET N° 149, IPET N° 249, IPETYM N°
133, IPET N° 248: podrán inscribirse todos los docentes que cumplan con
los requisitos anteriormente mencionados y que se desempeñen en esta-
blecimientos educativos dependientes de las Inspecciones de Educación
Técnica Zona I, Zona II, Zona III, Zona VI, Zona VIII y Zona IX.

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