Resolución N° 69 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 20 de Marzo de 2017 |
Emisor | Ministerio de educación |
Fecha de la disposición | 16 de Marzo de 2017 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 54
CORDOBA, (R.A.), LUNES 20 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE EDUCACIÓN
TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución N° 69
Córdoba, 16 de marzo de 2017
VISTO:La necesidad de proceder a la cobertura de cargos de Director y
Vicedirector, con carácter titular, en el ámbito de esta Dirección General
de Educación Técnica y Formación Profesional, en el marco establecido
en la Ley N° 10237 y su Decreto Reglamentario N° 930/15; y
CONSIDERANDO:
Que existen en el ámbito de ésta Dirección General treinta y dos (32)
cargos de Director y trece (13) de Vicedirector que deben declararse va-
cantes, de los cuales doce (12) cargos de Directores y seis (6) de Vice
Directores fueron declarados desiertos por Resolución N° 0028/2017 de
la D.G.E.T. y F. P., a los nes de su cobertura con carácter titular;
Que conforme lo dispone la Ley N° 10.237, en su Art. 10°, una vez
declarada la vacancia, esta Dirección General procede a efectuar el lla-
mado a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura
en carácter de TITULAR de los cargos de Director y Vicedirector, en un
todo de acuerdo con lo previsto en los Artículos 25°, 27°, 62°, 63°cc.y ss.
del Decreto Ley 214/E/63 y sus modicatorias;
Que en cumplimiento del Art. 8° del Decreto N° 930/15, la Convo-
catoria a Concurso será publicada por el término de cinco (5) días en
la Página Web del Gobierno de la Provincia, en el Boletín Ocial, en la
Junta de Clasicación, en la Comisión Permanente de Concursos, en las
Inspecciones de Zona y en la Sede la Dirección General de Educación
Técnica y Formación Profesional, para conocimiento del personal de to-
dos los centros educativos dependientes de esta Dirección General;
Que en el Art. 9° del Decreto N° 930/15, se prevé un término de cinco
(5) días para la inscripción de los aspirantes en el concurso, a partir de la
última publicación de la Convocatoria; la que se deberá efectuar ante la
Comisión Permanente de Concursos, en el domicilio jado en la presente
Resolución.
Que la designación de los miembros del Jurado, titulares y suplentes,
se llevará a cabo por Resolución del Ministerio de Educación, con antela-
ción al inicio del período de inscripción, tal como lo establece el Art. 29°
del Decreto N° 930/15;
Que las pruebas de oposición previstas en el Art. 25 del Decreto Ley
214-E-63, se implementarán de acuerdo con la reglamentación de Con-
cursos establecida en el Art. 24 del Decreto N° 930/15 y Resolución Mi-
nisterial N° 1475/2016;
Por todo ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
R E S U E L V E
Art. 1º.- DECLARAR “ad referéndum” del Ministerio de Educación, la
vacancia:
A. Treinta y dos (32) cargos de Director, dependientes de esta Dirección
General de Educación Técnica y Formación Profesional; los que se de-
tallan en el Anexo I, que compuesto por tres (3) folios, forman parte del
presente instrumento legal.-
B. Trece (13) cargos de Vicedirector, dependientes de esta Dirección
General de Educación Técnica y Formación Profesional; los que se de-
tallan en el Anexo II, que compuesto por un (1) folios, forma parte del
presente instrumento legal.-
Art. 2º.- CONVOCAR a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposi-
ción para cubrir:
A. Treinta y dos (32) cargos vacantes de Director, de la Dirección Ge-
neral de Educación Técnica y Formación Profesional; que se encuentran
detallados en el Anexo I.
B. Trece (13) cargos vacantes de Vicedirector, de la Dirección General
de Educación Técnica y Formación Profesional; que se encuentran deta-
llados en el Anexo II.
Art.3º.- Los aspirantes se inscribirán para las vacantes ante la Co-
misión Permanente de Concursos en el período comprendido entre el
28/03/2017 y el 03/04/2016 inclusive, debiendo optar por un solo estable-
cimiento y cargo, en el ámbito geográco de la/s inspección/es que perte-
nece/n, según el Anexo I y Anexo II de esta Convocatoria, y de acuerdo a
lo preceptuado por el Art. 5° y 6° del Decreto N° 930/15 reglamentario del
Art 10 de la Ley 10.237.-
Art. 4º.- Podrán acceder al concurso previsto en el Art. 2° ut supra,
aquellos docentes que reúnan los requisitos establecidos en el Art. 15° y
16° de la Ley 10.237 (modicatorio del Art. 62 y 63 del Decreto Ley 214-
E-63) y que a la fecha se desempeñen en establecimientos dependientes
de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional,
que no se encuentren incursos en las causales de inhabilitación previstas
en el Art. 11° del Decreto N° 930/15, según el siguiente detalle:
A) PRIMERA CONVOCATORIA: podrán inscribirse aquellos docentes
que cumplan con los requisitos anteriormente mencionados y que a la
fecha se desempeñen en establecimientos educativos dependientes de
la misma zona de Inspección, en la cual se produce la vacante conforme
Anexo I y II para los cargos de Director y Vicedirector respectivamente.
B) SEGUNDA CONVOCATORIA: VACANTES DECLARADAS DESIER-
TAS POR RESOLUCIÓN N° 0028/2017
B-1) Cargos de Director:
1) IPEA N° 14, IPET N° 48, IPETYM N° 101, IPET N° 149, IPEAYT
N°189, IPET N° 249, IPET N° 129, IPETYM N° 133, IPET N° 248: podrán
inscribirse todos los docentes que cumplan con los requisitos anterior-
mente mencionados y que se desempeñen en establecimientos educa-
tivos dependientes de las Inspecciones de Educación Técnica Zona I,
Zona II, Zona III, Zona VI, Zona VIII y Zona IX.
2) IPEMYT N° 24, IPET N° 404, IPET N° 386: podrán inscribirse todos
los docentes que cumplan con los requisitos anteriormente mencionados
y que se desempeñen en establecimientos educativos dependientes de
las Inspecciones de Educación Técnica Zona I, Zona II, Zona III y Zona
VII.
B-2) Cargos de Vice- Director:
1) IPEA N° 14, IPET N° 313, IPET N° 149, IPET N° 249, IPETYM N°
133, IPET N° 248: podrán inscribirse todos los docentes que cumplan con
los requisitos anteriormente mencionados y que se desempeñen en esta-
blecimientos educativos dependientes de las Inspecciones de Educación
Técnica Zona I, Zona II, Zona III, Zona VI, Zona VIII y Zona IX.
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