Resolucion Interna

EmisorResoluc. Interna a.T.M.
Fecha de la disposición15 de Agosto de 2014

RESOLUCION INTERNA

A.T.M.

Nº 51

Mendoza, 15 de agosto de 2014.

Visto: El expediente n° 7950-D-2014-01225, la adquisición efectuada por la

Administración Tributaria Mendoza de una Unidad Autónoma de Vuelo-Drone para fotogrametría y cartografía mediante Licitación Pública N° 1027/2014-907,

y

CONSIDERANDO:

Que la adquisición de esta moderna tecnología le posibilitará a la Dirección General de Catastro dar soluciones cartográficas y de fiscalización de manera más eficiente y dinámica en porciones específicas del territorio provincial.

Que esta herramienta facilitará las tareas de actualización cartográfica, especialmente en las zonas de expansión, tanto urbana como rural, y viabilizará tareas de fiscalización remota, permitiendo la detección de novedades no registradas en la base de datos catastral, en materia edilicia o de cultivos que se revelen en el territorio, mediante la obtención de fotografías aéreas rectificadas de alta resolución y de reciente toma, con el fin de contar con datos actualizados que permitan determinar correctamente los montos que por impuesto inmobiliario deben tributar los contribuyentes.

Que se hace necesario establecer un protocolo de trabajo y funcionamiento de esta novedosa herramienta.

Por ello, atento lo dictaminado por los Departamentos de Asuntos Legal y Asuntos Técnicos de la Administración Tributaria Mendoza a fs. 9 y 11 respectivamente

y en uso de sus facultades, previstas en el artículo 4° incisos a), b), i) q), artículo 10 incisos i) y k) de la Ley 8521 y artículo 11° del Código Fiscal (t.o. s/ Decreto

N° 1284/93 y sus modificatorias),

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébese el procedimiento de trabajo respecto al funcionamiento de la Unidad Autónoma de Vuelo, que tendrá por objeto facilitar las tareas de actualización cartográfica de la Dirección General de Catastro de la Administración Tributaria Mendoza.

Artículo 2º

El Departamento Cartografía tendrá a su cargo la responsabilidad de la puesta en funcionamiento y operatividad de la Unidad Autónoma de Vuelo, quien remitirá los resultados del proceso al Departamento de Fiscalización Catastral, para su análisis e incorporación a la Base de Datos Catastral.

Artículo 3º

La Dirección de Desarrollo Institucional, dispondrá mecanismos de comunicación y la solicitud de los permisos correspondientes, ante los órganos de gobierno provincial, municipal y entidades no gubernamentales (clubes, campos deportivos, aeródromos, organizaciones de aeromodelismo, etc.).

Los operadores, previo a la iniciación de los trabajos de campaña, deberán contar con autorizaciones expresas para utilizar los lugares prefijados como...

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