Resolución 330/2008

Fecha de la disposición22 de Octubre de 2008

RESOLUCIONES Procuración del Tesoro de la Nación REPRESENTACION Y PATROCINIO DEL ESTADO NACIONAL Resolución 84/2008

Encomiéndase al servicio jurídico permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, la representación judicial del Estado Nacional en una causa en trámite ante el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, Secretaría Civil y Comercial Nº 1.

Bs. As., 9/10/2008

VISTO el artículo 2º de la Ley Nº 12.954, la Ley Nº 25.344, y los artículos 15 y 16 del Decreto Nº 1116/00, y CONSIDERANDO:

Que en los autos caratulados PERRI, ENRIQUE ERNESTO C/ESTADO NACIONAL S/ORDINARIO (EXPTE. Nº 683/2008), en trámite ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, Secretaría Civil y Comercial Nº 1, se ha iniciado demanda contra el Estado Nacional.

El actor, de profesión agente aduanero, reclamó una indemnización por los presuntos 'daños y perjuicios' que le habría generado el corte de la ruta Nº 136 que desemboca en el Puente Internacional General San Martín que une las ciudades de Gualeguaychú (República Argentina) y Fray Bentos (República Oriental del Uruguay), el cual tuvo origen en el conflicto suscitado a raíz de la instalación de la pastera 'Botnia'.

Que es necesario proveer los medios conducentes para la más adecuada y eficiente defensa de los intereses del Estado Nacional.

Que conforme doctrina de este organismo, el principio de eficacia impone que la representación procesal la ejerza el organismo que mejor conozca los antecedentes fácticos, técnicos, jurídicos y normativos que dieran origen a la demanda, salvo situaciones excepcionales de posible indefensión originadas ante el inminente vencimiento de los términos procesales (conf. Dictámenes 215:108; 253:286).

Que, a ese efecto, resulta conveniente encomendar la representación judicial estatal, al servicio jurídico permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, organismo que, en virtud de la especificidad de la cuestión objeto de controversia, tiene mayor vinculación con los temas debatidos.

Que, asimismo cabe tener en consideración la representación oportunamente asumida por dicho Ministerio en los autos:EKOTRANS S.R.L.S/ORDINARIO (EXPTE.Nº 752/06, Lº 9 Fº 286), en trámite ante el Juzgado Federal de la ciudad de Concepción del Uruguay,

Provincia de Entre Ríos, Secretaría Civil y Comercial Nº 1; en los cuales se suscitara un reclamo de similar tenor al pretendido en los autos arriba mencionados.

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 12.954, artículo 16 del Decreto Nº 1116/00 y la Ley de Ministerios, el Procurador del Tesoro de la Nación se encuentra facultado para entender en la organización y aplicación del régimen de la representación y defensa del Estado en juicio.

Que el suscripto es competente en virtud de lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Nº 12.954 y su reglamentación.

Por ello,

EL PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION RESUELVE:

Artículo 1º

Encomendar al servicio jurídico permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, la representación judicial del Estado Nacional, en los autos PERRI, ENRIQUE ERNESTO C/ESTADO NACIONAL S/ORDINARIO (EXPTE. Nº 683/2008), en trámite ante el Juzgado Federal de la ciudad de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, Secretaría Civil y Comercial Nº 1.

Art. 2º

Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, comuníquese al servicio jurídico pertinente y, oportunamente, archívese. -- Osvaldo C. Guglielmino.

Secretaría de Comunicaciones TELECOMUNICACIONES Resolución 328/2008

Asígnase a la Administración Nacional de la Seguridad Social, indicativo de servicio para la atención de llamadas de la población referidas a consultas y solicitud de información de dicho organismo.

Bs. As., 14/10/2008

VISTO el Expediente Nº 6588/2008 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que dicho plan determina en su Punto III.4.1 que los Servicios Especiales están destinados a establecer comunicaciones de urgencia, servicios a la comunidad y atención a clientes de los prestadores de servicios de telecomunicaciones, conforme al formato que allí se indica.

Que por la Resolución Nº 8880 de fecha 9 de abril de 1999 de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, se creó el grupo de indicativos de servicio caracterizado como '13Y', para los servicios a la comunidad.

Que con encuadre en los referidos marcos normativos la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ha requerido la asignación de un número de marcación abreviada para ser utilizado por su servicio de atención telefónica.

Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) ha sido creada mediante el Decreto 2741 de fecha 26 de diciembre de 1991 como organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, siendo su...

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