Resolución 203/2019

Fecha de publicación12 Agosto 2019
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-69034051- -ANSES-DAFYD#ANSES del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nros. 24.714, 24.716 y 26.061, sus normas complementarias y modificatorias; los Decretos Nº 1602 de fecha 29 de octubre de 2009, Nº 446 de fecha 19 de abril de 2011, Nº 1668 de fecha 12 de septiembre de 2012 y Nº 593 de fecha 15 de abril de 2016; la Resolución Nº RESOL-2019-11-APN-SESS#MSYDS de fecha 30 de julio de 2019; las Resoluciones D.E-N Nº 1380 de fecha 30 de diciembre de 1997, Nº 1289 de fecha 10 de diciembre de 2002, Nº 255 de fecha 23 de marzo de 2006, Nº 292 de fecha 8 de abril de 2008, Nº 393 de fecha 18 de noviembre de 2009, Nº 132 de fecha 25 de febrero de 2010, Nº 113 de fecha 25 de febrero de 2011, Nº 235 de fecha 28 de abril de 2011, Nº 421 de fecha 19 de julio de 2011, Nº 532 de fecha 19 de septiembre de 2011, Nº 602 de fecha 10 de noviembre de 2011, Nº 606 de fecha 22 de noviembre de 2011, la Resolución D.E-A Nº 382 de fecha 14 de septiembre de 2012, la Resolución N° RESOL-2017-444-ANSES- SEA#ANSES de fecha 29 de agosto de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N° 24.714, sus complementarias y modificatorias, se instituyó, con alcance nacional y obligatorio, un Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada y en el sector público nacional definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, cualquiera sea la modalidad de contratación laboral, beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo y beneficiarios del Seguro de Desempleo; para las personas inscriptas y con aportes realizados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) establecido por la Ley N° 24.977, sus complementarias y modificatorias; para los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), beneficiarios del régimen de pensiones no contributivas por invalidez, y para la Pensión Universal para el Adulto Mayor; y para las mujeres embarazadas y aquellos niños, niñas y adolescentes residentes en la REPÚBLICA ARGENTINA, que pertenezcan a grupos familiares que se encuentren desocupados o se desempeñen en la economía informal.

Que la Ley N° 26.061 reconoce el derecho de los niños, niñas y adolescentes a obtener los beneficios de la seguridad social, disponiendo que los organismos del Estado deberán establecer políticas y programas para la inclusión de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR