Resolución 115.

Fecha de disposición27 Abril 2016
Fecha de publicación27 Abril 2016
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Financiero
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 115/2016

Bs. As., 22/04/2016

VISTO el Expediente N° S05:0046737/2014 del Registro del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Resolución N° 149 de fecha 27 de octubre de 1998 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, y la Resolución N° 302 de fecha 2 de octubre de 2014 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que atento la evolución alcanzada en el sistema de certificación de materiales de propagación de especies cítricas, se observa la conveniencia de adecuar las exigencias vigentes a fin de alcanzar niveles de mayor excelencia en la calidad, identidad y sanidad y que, consecuentemente, mejoren las perspectivas de la actividad citrícola en la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el Comité Técnico de Viveros Cítricos, asesor de la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS (CONASE), ha aconsejado que las Plantas Madres Semilleras sean originadas mediante la utilización de yemas provenientes de Plantas Madres Originales fundado en que ello permitirá elevar el estatus sanitario general de los viveros y brindar mayor garantía de identidad en la semilla botánica que se destine a la producción de plantines porta injerto.

Que, sin perjuicio de lo propuesto por el citado Comité, al momento de resolver las medidas a adoptar corresponde contemplar las alternativas que permitan garantizar el normal abastecimiento de los porta injertos que se utilizan en el país.

Que a los efectos señalados resulta necesario realizar modificaciones que implican la derogación de los puntos 5, 5.1, 5.2 y 6.2 del ANEXO II de la Resolución N° 302 de fecha 2 de octubre de 2014 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS ha dado su opinión favorable a la presente iniciativa, en su reunión de fecha 9 de marzo de 2016, según Acta N° 431.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, tomó la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo 15 de la Ley N° 20.247 y lo establecido en el Artículo 4° incisos a) y b) del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991...

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