Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 4 de Octubre de 2011, expediente 46.011

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2011

Poder Judicial de la Nación Causa nro. 46.011 “Incidente de recusación planteado por el Dr.

Santiago Feder”

Juzg. Fed. nro. 7 – Secret. Nro. 13.

R.. nro. 1113

Buenos Aires, 4 de octubre de 2011.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I)

Una vez más la defensa de M.M. recusa al Dr.

N.O.; en esta oportunidad, por enemistad manifiesta no sólo hacia él sino también hacia su asistencia letrada.

El pedido de apartamiento hace pie en los términos en los que esta S. declaró la nulidad del rechazo de una medida de prueba pretendida por la defensa (v. c. 45643 “Dr. S.F. s/ queja por apelación denegada”, rta. 12/7/11, reg. 773). Según el Dr. S.F., la resolución aludida ha “objetivado” el sentimiento de enemistad albergado por el juez. Y para el caso en que no se considere incluida la parcialidad hacia el letrado dentro de los motivos previstos por el artículo 55 del Código Procesal Penal de la Nación, el recusante plantea la inconstitucionalidad de esa norma.

En audiencia ante el Tribunal, el Dr. R.R. resaltó el “destrato y maltrato” del juez instructor al contestar su último pedido de prueba: no es la negativa a realizarla sino la forma en que se exteriorizó –

el maltrato

- lo que justifica, a su criterio, la recusación.

II)

La ley de rito fija la oportunidad en que los planteos recusatorios pueden ser interpuestos (“La recusación sólo podrá ser interpuesta, bajo pena de inadmisibilidad, en las siguientes oportunidades…”

–art. 60 -). M.M. ya lo hizo durante el transcurso de esta instrucción y se le dio debida respuesta (c. 44410 “Incidente de recusación planteado por los Dres. S.F. y R.R., defensores de M.M.”,

rta. 15/6/2010, reg. 565). Pero cuando se trate de una causal sobreviniente el código prevé que se interponga dentro de las cuarenta y ocho horas (48) de producida o de ser aquella notificada (cfr. art. 60, in fine, CPPN).

En el sub examine, la causal sobreviniente fue el rechazo de la prueba ocurrido el 19 de abril ppdo., es decir, más de tres meses antes del planteo recusatorio (1/8/2011). No modifica este dato duro, la alegación de que la parcialidad fue evidenciada desde los inicios de la participación de la defensa en la causa ni que esta S. haya anulado la decisión del juez. En todo caso, esto último sólo indica que los suscriptos, pudiendo haber apartado de oficio al Dr. O., en uso de la facultad acordada por el artículo 173 del digesto, no lo hicieron.

Por ello, la recusación debe ser declarada inadmisible por extemporánea.

III)

Por las razones...

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