Publicaciones de la Sección Oficial de 16 de Febrero de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
Teléfono/fax: (0221) 483-3044; 421-0202 y 483-5431
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Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deban producir
desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.722
AÑO CVII/ LA PLATA, MARTES 16 DE FEBRERO DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 48 páginas
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Decretos ----------------------------------------------------------------- 914
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 915
Disposiciones ----------------------------------------------------------------- 916
Municipalidades ----------------------------------------------------------------- 916
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 917
Varios ----------------------------------------------------------------- 921
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 930
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 932
Colegiaciones ----------------------------------------------------------------- 934
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 935
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 938
Varios ----------------------------------------------------------------- 939
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 956
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de diarios inscr iptos en la
Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 959
Sección Oficial
LA PLATA, MARTES 16 DE FEBRERO DE 2016
PÁGINA 914 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decretos
_________________________________________________
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA
DECRETO 57
La Plata, 1° de febrero de 2016.
VISTO el Expediente N° 21200-91236/2016 y la Ley N° 14.799 –regulatoria del ejer-
cicio profesional de los Profesionales en Turismo en la Provincia de Buenos Aires-, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 14.799 creó en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires el Colegio de
Profesionales en Turismo, previendo asimismo los órganos de gobierno y el procedi-
miento de elección de sus autoridades;
Que el artículo 56 de dicha norma legal determina que; “El Poder Ejecutivo, en un
plazo no mayor de treinta (30) días hábiles a contar desde la publicación de la presente
Ley, designará una Junta Electoral integrada por no menos de tres (3) miembros titulares
y tres (3) suplentes. A esos efectos, convocará a las entidades, con personería jurídica
representativas de los profesionales, con doce (12) meses de antigüedad en la Provincia,
quienes deberán designar de entre su seno a los representantes para integrar la Junta
Electoral, en el tiempo y forma que determine la reglamentación. Será misión de la Junta
la confección del padrón de profesionales y la convocatoria a elección de autoridades del
Colegio”;
Que la Ley N° 14.799, fue sancionada el 30 de septiembre de 2015 y publicada en el
Boletín Oficial el 21 de diciembre del mismo año;
Que corresponde al Ministerio de Justicia asistir a la Gobernadora en la determina-
ción del régimen institucional de todas las profesiones que se ejercen en territorio de la
Provincia, conforme lo establecido en el artículo 24 inciso 8 de la Ley N° 14.803;
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo
144 –proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Autorizar al Ministerio de Justicia, a través de la Dirección Provincial
de Entidades Profesionales y Gestión Socialmente Responsable, a realizar las acciones
necesarias tendientes a designar la Junta Electoral, de conformidad con lo establecido en
el artículo 56 de la Ley N° 14.799.
ARTÍCULO 2°. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el
Departamento de Justicia y el Ministro Secretario de Coordinación y Gestión Pública.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA; pasar
al Ministerio de Justicia. Cumplido, archivar.
Carlos Alberto Mahiques María Eugenia Vidal
Ministro de Justicia Gobernadora
Roberto Gigante
Ministro de Coordinación
y Gestión Pública
DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA
DECRETO 64
La Plata, 30 de diciembre de 2015.
VISTO el expediente N° 21500-2161/15 por el cual se gestiona la derogación del
Decreto Nº 1.916/15, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto del exordio se aprobó un “Proceso Único de Autorización de
Descuentos” sobre los haberes salariales y beneficios previsionales de los agentes públi-
cos activos y pasivos de la Administración Pública;
Que el régimen fue originado en el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros,
sobre la base del Decreto N° 754/00 y que no ha habido mayores innovaciones normati-
vas que permitiera actualizar los procesos mediante los cuales las Jurisdicciones del
Gobierno efectúan la operatoria;
Que no habiéndose publicado conforme el artículo 117 del Decreto Ley N° 7.647/70,
y siendo un acto reglamentario no ha adquirido eficacia;
Que existe interés público, en mantener el régimen establecido en el Decreto N°
754/00, ya que la elevación del tope del veinte por ciento (20%) al treinta por ciento (30%),
cercena el principio protectorio consagrado en el inciso del artículo 39 de la
Que en efecto el inc. 1º de dicha norma establece expresamente como derechos del
trabajador “... derecho al trabajo, a una retribución justa, a condiciones dignas de traba-
jo, al bienestar, a la jornada limitada, al descanso semanal, a igual remuneración por igual
tarea y al salario mínimo, vital y móvil. A tal fin la Provincia deberá: fiscalizar el cumpli-
miento de las obligaciones del empleador y ejercer en forma indelegable el poder de
policía en materia laboral;
Que en más de una oportunidad la SCJBA ha entendido que el estudio de razonabi-
lidad de una norma reclama la verificación de la existencia de fin público como circuns-
tancia justificante de la medida a adoptar, adecuación a él del medio utilizado para su
obtención y ausencia de iniquidad manifiesta (doct. causas I. 1128, sent. del 28-XII-1982;
I. 1164, sent. del 7-VII-1983), condiciones que se han afectado en el dictado del Decreto
N° 1.916/15;
Que posteriormente a su dictado el 1° de diciembre del corriente año, se ha dictado
la Ley de Ministerios N° 14.803, cuyo texto no prevé la Secretaría de Estado Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Que le compete al señor Gobernador merituar la oportunidad y conveniencia de dero-
gar la norma en los términos del artículo 113 del Decreto Ley N° 7.647/70;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno,
Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 144
proemio de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Derogar el Decreto N° 1.916/15.
ARTÍCULO 2°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en
los Departamentos de Coordinación y Gestión Pública y de Trabajo.
ARTÍCULO 3°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al
Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Roberto Gigante María Eugenia Vidal
Ministro de Coordinación Gobernadora
y Gestión Pública
Marcelo Eugenio Villegas
Ministro de Trabajo
DEPARTAMENTO DE SALUD
DECRETO 67
La Plata, 30 de diciembre de 2015.
Expediente N° 2900-71527/13 con II cuerpos
Hacer uso de la prórroga prevista en la Licitación Pública N° 369/14 aprobada por
Decreto N° 107 de fecha 27 de marzo de 2015 y adjudicada a la firma ACE -Agrupación
para la Administración de Contratos de Oncología y Tratamientos Especiales, según
Orden de Compra N° 10292/15, para la contratación del servicios de gestión, control,
auditoría, distribución y provisión de especialidades medicinales, con destino al Programa
de Drogas de Alto Costo, dependiente del Ministerio de Salud, por el término de seis (6)
meses a partir del 1° de enero de 2016.
DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA
DECRETO 30
La Plata, 20 de enero de 2016.
Expediente de oficio
Disponer el cese en el cargo de Natalia Mariana Larsen.
DECRETO 31
La Plata, 20 de enero de 2016.
Expediente de oficio
Disponer el cese en el cargo de Guadalupe del Pilar Antonioli.
Nota:
El contenido de la publicación de los decretos extractados, es trans-
cripción literal del instrumento recibido oportunamente de cada
Jurisdicción, conforme Circular Conjunta Nº 1/10 e instrucciones
dispuestas por nota del 19/10/12 de la Dirección Provincial de
Coordinación Institucional y Planificación de la Secretaría Legal y
Técnica.

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