Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL, 17 de Agosto de 2016, expediente CCC 035829/2015/TO01

Fecha de Resolución17 de Agosto de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 35829/2015/TO1 Buenos Aires, 17 de agosto 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Se reúnen los Sres. Jueces de Cámara integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal nro. 3 de Capital Federal, D.. M.Á.C., como presidente, J.C.B. y G.P.V., como vocales, juntamente con el secretario Dr. Alejandro E.

Marrollo, para dictar los fundamentos de la sentencia recaída en la causa N° 35829/15 (Reg. Int. 4762), Seguida a SEBASTIAN ALEJANDRO SEPULBEDA, -argentino, instruido, nacido 1 de septiembre de 1995, identificado mediante D.N.

I. N ° 39.309.715, hijo de J.A.S. y N.A.B., con domicilio real en la calle H. 2248, “villa Cildañez” de ésta ciudad, actualmente detenido en el C.P.F. de M.P., Anexo nº 24-, por el delito de homicidio simple en grado de tentativa.

Intervienen en el proceso el Sr. Fiscal General, Dr. A.M. y en calidad de defensores del imputado los Dres. P.N.I. y F.P. integrantes del Departamento de Práctica Profesional de la Universidad de Buenos Aires.

Y CONSIDERANDO:

-I-

  1. Que por requerimiento a juicio de fs. 158/161 (causa Nro.

4762), el Sr. Fiscal de Instrucción formuló reproche contra S.A.S., en términos que, textualmente, se transcriben:

Fecha de firma: 17/08/2016 Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: JULIO CESAR BAEZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.E.M., S. "ad hoc"

En ese momento, Sepulbeda “se dio vuelta” y sin mediar palabra gatilló el arma una vez, sin que se lograra la percusión del cartucho, reiterándolo nuevamente, ocasión en se produjo el disparo cuyo proyectil impactó en el pecho del lado izquierdo del cuerpo de A.M.. Finalmente SEPÚLBEDA y los otros dos sujetos se dieron a la fuga. La víctima A.M. fue conducida al “H. G. de A.P.P.”, lugar en el cual fue intervenida quirúrgicamente, por perforación del pulmón izquierdo por impacto de un proyectil balístico con orificio de entrada y salida.”

Así presentado el hecho, el Sr. Fiscal de Instrucción estimó

que el mismo tipificaba el delito de homicidio simple cometido en grado de tentativa, por el cual debía responder el imputado en carácter de Fecha de firma: 17/08/2016 Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: JULIO CESAR BAEZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.E.M., S. "ad hoc"

-II-

Que en la oportunidad prevista en el art. 378 del C.P.P.N.

S.A.S., optó por declarar diciéndose ajeno al hecho que le era atribuido.

Explicó que ese día, luego de levantarse de dormir a eso de las 15 o 16 hs., permaneció en su casa mirando la televisión. Que allí

se encontraban su madre y sus hermanas, hasta que a la noche llegó

un amigo a visitarlo. Que en un momento dado ingresó su padre quién, luego de informarle lo que había sucedido con “esa señora”, le hizo saber que la policía lo requería por considerarlo autor del hecho. No obstante haber negado tal circunstancia, su padre le pidió que lo acompañase hasta donde se encontraban los policías para que aclarara el tema. Dijo no conocer a la señora G.A.M., así como tampoco quien pudo haber sido el autor de los disparos que la hirieron.

A preguntas formuladas por la fiscalía, explicó que esa tarde “hizo zapping” sin ver una película en particular. Se le hizo notar que a fs. 51 había mencionado el film “los indestructibles”, a lo que respondió

que en esa ocasión no había asegurado haber visto efectivamente esa película. Reiteró que hasta que llegó su padre estuvieron en la casa sus hermanas y, también su madre que a ese entonces trabajaba en el horario de 15 a 17 hs.

Fecha de firma: 17/08/2016 Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: JULIO CESAR BAEZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.E.M., S. "ad hoc"

A otras preguntas, manifestó tener siete hermanos, dos de los cuales, de 22 y 24 años, eran más grandes que él, y cinco más chicos, de 18, 16, 14, 12 y 9 años. Eran: A.A., F.A., P.S., F.J., M., N. y R..

Que a excepción de los dos primeros que habían formado familia propia, los restantes vivían con él en la casa de sus padres.

Por último, a otras preguntas, hizo saber que sus allegados le decían “N.”, en alusión a los polos negativo y positivo, debido a que trabajaba con su padre que era electricista.

-III-

Que durante la audiencia de juicio prestaron declaración los siguientes testigos:

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Recordó que el miercolés 17 de junio de 2015, a eso de las 19:30 hs. abrió el comedor. Que allí se encontraban, su hija M.-

ana, de 8 años de edad, y su comadre, I.N.C., que habia ido a ayudarla. Que atendió a un vecino que se retiró alrededor de las 19:50 hs. Que enseguida ingresaron tres jóvenes que vestían ropas deportivas y llevaban colocadas las capuchas de sus camperas, a la vez que cubiertas las bocas con bufandas de manera que única-

mente se les veían los ojos y las narices. Que en el barrio era habitual que los días de frío vistieran de esa forma y por eso no le llamó la atención. Que no recordaba las características de ropas que lucían, aspecto que no logró rememorar con la lectura que se diera a la parte pertinente de su declaración de fs. 34. Agregó que uno de aquellos se quedó parado junto a un freezer y los otros dos se sentaron a una de las mesas. Que les ofreció la comida de ese día, consistente en mil-

anesas, bifes, pollo y arroz. Que pidieron dos milanesas y dos platos para comer en el lugar, al tiempo que uno de ellos –se trataba de quien,a la postre, le disparó- se bajó la bufanda para decir que quería que las milanesas fueran de carne y con arroz. Que al verle el rostro, aún fugazmente, constató que se trataba del hijo de Julio, el electri-

cista que trabaja en el barrio, pues ya lo había reconocido por la voz y los ojos. Que si bien no conocía el nombre o el apodo, lo identificaba Fecha de firma: 17/08/2016 Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: JULIO CESAR BAEZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.E.M., S. "ad hoc"

ción eléctrica en su casa. Se trataba del más alto de los tres.

Precisó que inmediatamente fue a la cocina a preparar el pedido y allí estaba con su comadre, cuando su hija, que se había quedado jugando en el comedor, pasó rápido, con cara de espanto, y se fue hacia la habitación ubicada en la planta superior. Que ante ello se dirigió al comedor con el fin de averiguar las razones de la actitud de la niña, y así se encontró de frente con los tres que habían traspuesto el mostrador y avanzaban con el claro propósito de...

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