Resolución Nº 5/GCABA/EATC/14
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ente Autárquico Teatro Colón |
Fecha de la disposición | 9 de Enero de 2014 |
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N°471 y 2.855, las
Resoluciones N°2322/MHGC/06, 538/EATC/13 y 664/EATC/13, el Expediente
Electrónico N° 5152898/MEGYA/DGRHEATC/2013 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 664/EATC/13, y en el marco de lo dispuesto por el
de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y el artículo 31° de la Ley.
de Relaciones Laborales N° 471 y de las atribuciones conferidas por la Ley N° 2855,
se procedió al llamado a concurso cerrado interno, para el personal de planta
permanente del Ente Autárquico Teatro Colón, con el fin de cubrir vacantes en la
Dirección General Escenotécnica de este Ente;
Que mediante la Resolución N° 538/EATC/13, se aprobó la conformación de la
Comisión Laboral de Interpretación prevista en el artículo 16° del Decreto N° 720/02, la
cual elaboró el Reglamento del referido concurso;
Que mediante la Resolución N° 664/EATC/13, se aprobó el reglamento del referido
concurso, el listado de vacantes, las bases para las pruebas de idoneidad funcional y
la nómina de jurados para los mencionados sectores de la Dirección General
Escenotécnica;
Que por el artículo 5° de la misma Resolución N° 664/EATC/13, se estableció "...que el
cargo que resulte vacante como consecuencia del presente concurso, por haber
accedido su actual titular a cargos de mayor jerarquía, podrá ser cubierto por aquel
concursante que habiendo aprobado y calificado las pruebas de idoneidad para ese
cargo, se encuentre en el puesto subsiguiente en el orden de mérito".
Que efectuada la publicidad del concurso de acuerdo con lo dispuesto por el artículo
6° de su reglamento, se abrió el período de inscripción, en el cual se anotaron noventa
y siete (97) postulantes, los cuales resultaron admitidos de acuerdo al artículo 4° del
reglamento del concurso;
Que con posterioridad a la inscripción y admisión, los jurados procedieron a cumplir
con las etapas de evaluación de idoneidad funcional y de antecedentes laborales de
los concursantes, en cumplimiento con lo establecido en los artículos 16° y 17° del
reglamento respectivamente;
Que concluidas las etapas respectivas se conformó el orden de mérito provisorio con
los puntajes alcanzados por los concursantes de acuerdo al artículo 15° del
reglamento;
Que el orden de mérito provisorio fue publicado durante dos (2) días en la página Web
del Teatro...
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