Resolución Nº 683/GCABA/EATC/13

FirmantesAnexo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorEnte Autárquico Teatro Colón
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2013

VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley de Relaciones Laborales N° 471,

la Ley 2.855, las Resoluciones N° 539/EATC/13, y N° 552/EATC/12, y el Expediente

N° 4603979/2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 552/EATC/13, y en el marco de lo dispuesto por el

artículo 43°

de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley de Relaciones.

Laborales N° 471, se procedió al llamado a concurso cerrado interno, para el personal

de planta permanente del Ente Autárquico Teatro Colón, con el fin de cubrir vacantes

en el sector Servicios Auxiliares de la Dirección General de Producción Artística de

este Ente;

Que mediante la Resolución N° 539/EATC/13, se aprobó la conformación de la

Comisión Laboral de Interpretación prevista en el artículo 16° del Decreto N° 720/02, la

cual elaboró el Reglamento del referido concurso;

Que mediante la Resolución N° 552/EATC/13, se aprobó el reglamento del referido

concurso, el listado de vacantes, las bases para las pruebas de idoneidad funcional y

la nómina de jurados para el sector Servicios Auxiliares de la Dirección General de

Producción Artística;

Que efectuada la publicidad del concurso de acuerdo con lo dispuesto por el artículo

  1. de su reglamento, se abrió el período de inscripción, en el cual se anotaron doce

    (12) postulantes, los cuales resultaron concursantes admitidos de acuerdo al artículo

  2. del reglamento del concurso;

    Que con posterioridad a la inscripción y admisión, los jurados procedieron a cumplir

    con las etapas de evaluación de idoneidad funcional y de antecedentes laborales de

    los concursantes, en cumplimiento con lo establecido en los artículos 16 ° y 17° del

    reglamento respectivamente;

    Que concluidas las etapas respectivas se conformó el orden de mérito provisorio con los

    puntajes alcanzados por los concursantes de acuerdo al artículo 15° del reglamento;

    Que el orden de mérito provisorio fue publicado durante dos (2) días en la página Web

    del Teatro Colón y en la cartelera de la Dirección General de Recursos Humanos de

    este Coliseo y fue notificado por correo electrónico a la concursantes, dándose

    cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 19° del reglamento del concurso, sin que

    se hubieran recibido impugnaciones, razón por la cual el orden provisorio debe ser

    considerado definitivo en los términos de los artículos 22° y 23° del referido reglamento;

    Que...

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