Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 25 de Febrero de 2013, expediente 13.562/12

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2013

Poder Judicial de la Nación sadas, a los 25 días del mes de febrero de 2013.-

Y VISTOS: Autos caratulados “Expte. Nº 13.562/12-

DELGADO, L.E. – Fiscal Federal S/ Recurso de Apelación en Expte. Nº B-650/2008 ‘Jefe de la División Jurídica – Regional Posadas Dr. B., M.Á. s/ Denuncia (R.J.A.)’”; y CONSIDERANDO: 1) Que, arriban las presentes actuaciones al conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación articulado por la representante del Ministerio Público Fiscal a fs. 240/242

contra la decisión recaída a fs. 236 y vlta., a tenor de la cual el Magistrado de la Instancia que antecede sobreseyó total y definitivamente en la presente USO OFICIAL

causa a J.A.R. en calidad de presidente del directorio de la firma “A.J.R.”, en relación al delito de Evasión Simple, previsto y reprimido por el art. 1º de la Ley 24.769, correspondiente al Impuesto al Valor Agregado por los períodos fiscales allí señalados que se le imputara, en función de lo establecido en el art. 336 inc. 3º del C.P.P.N., por aplicación de la ley penal más benigna (art. 2 del Código Penal y art. 1º de la Ley 26.735).

2) Que, en la pieza impugnativa agregada a fs. 240/242, el recurrente se agravia por la aplicación del art. 2 del C.P. a este caso, por cuanto esa decisión daría fundamento a un derecho de aplicación mecánica y retroactiva del art. 1º de la Ley 26.735, modificatoria de la Ley 24.769.

En ese sentido, indica que la aplicación de la ley penal más benigna exige evaluar si la ley es la expresión de un cambio en la valoración de la clase de delito que se imputa, pues sólo si lo fuera, tendría ese imputado el derecho que asegura el art. 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el art. 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

En tal orden de cosas, sostiene que la actualización de los montos mínimos dispuesta por la Ley 26.735 respondió al objetivo principal de actualizarlos compensando la depreciación sufrida por la moneda nacional durante el período de vigencia de la Ley 24.769 y que, al aumentar en cuatro veces los montos mínimos, el Congreso no pretendió expresar un cambio en la valoración social de los comportamientos que justificó la adopción de la ley 24.769. Antes bien, su objetivo en este aspecto de la reforma fue corregir los efectos antes señalados, a fin de mantener en los hechos una política criminal en línea con la valoración original.

3) Que, de conformidad a las constancias de fs. 236 y vlta., fs.

237/239...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR