Ley 27224. Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación inmuebles. Sancionada: Noviembre 25 de 2015 Promulgada de Hecho: Diciembre 22 de 2015
Fecha de disposición | 23 Diciembre 2015 |
Fecha de publicación | 23 Diciembre 2015 |
Sección | Legislación y Avisos Oficiales, Leyes |
Ley 27224
Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación inmuebles.
Sancionada: Noviembre 25 de 2015
Promulgada de Hecho: Diciembre 22 de 2015
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
Declárense de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles sitos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos domicilios y datos catastrales son los siguientes: Querandíes 4288/4290, sección 17, manzana 039, parcela 004 A, partida matriz 178.437; Querandíes 4230, sección 17, manzana 039, parcela 003, partida matriz 172.063 y Rawson 127, sección 17, manzana 054, parcela 021, partida matriz 171.638.
El precio de los inmuebles sujetos a expropiación se determinará de acuerdo con lo establecido por el artículo 13 de la ley 21.499, considerando su estado general.
El Poder Ejecutivo nacional cederá, en comodato, los inmuebles expropiados por la presente ley a la Cooperativa de Trabajo 22 de Mayo Limitada para la consecución de su objeto social, con la condición de dar continuidad a las actividades culturales, educativas y sociales que en ellos se realizan por intermedio de la Cooperativa de Educadores e Investigadores Populares y la Asociación Cultural IMPA La Fábrica. El contrato establecerá las causales de resolución y demás condiciones que aseguren los fines previstos en esta ley.
El comodato al que se refiere el artículo anterior tendrá vigencia mientras perdure el objeto social de la Cooperativa de Trabajo 22 de Mayo Limitada y se dé cumplimiento a las condiciones previstas en el artículo 3°.
En caso de que se extinguiera su objeto social, no pudiese ser comprobada su consecución, sea disuelta o demás causales previstas por la ley aplicable, el Estado nacional destinará los bienes expropiados a proyectos de gestión pública o comunitaria vinculados con la salud, la educación, la cultura y/o el deporte.
Exímase a la Cooperativa de Trabajo 22 de Mayo Limitada del pago de todo tributo nacional que tenga origen en las transferencias y contratos que se celebren con el objeto de dar cumplimiento a la presente ley.
De conformidad con sus programas específicos y sujeto al cumplimiento de sus términos y condiciones, el Poder Ejecutivo nacional brindará asistencia a la...
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