Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 14 de Septiembre de 2016, expediente CNT 024718/2013/CA001

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 24718/2013 - L.V.B.R. c/

BIONDELLI MARIANO PASCUAL s/DESPIDO Buenos Aires, 14 de septiembre de 2016.

se procede a votar en el siguiente orden:

El D.M.S.F. dijo:

  1. Contra la sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo en lo principal, recurren el accionante y el demandado a fs. 205/207 y fs. 209/210, recursos que merecieron las réplicas de sus contrarias de fs. 216/218 y fs. 219/220 respectivamente.

    Asimismo, la parte actora cuestiona las regulaciones de honorarios efectuadas a los profesionales intervinientes por considerarlos elevados y, por su parte, a fs. 204, fs. 211 y fs. 201 su representación letrada, la representación letrada del demandado y la perito contadora respectivamente objetan los propios por bajos.

  2. Por razones de método, trataré en primer término la queja del actor en la que cuestiona la decisión del sentenciante, de consideró que no logró

    acreditar el horario de trabajo denunciado en la demanda, sostiene que se debió aplicar en el caso la inversión de la carga probatoria, objeta que no fueran admitidas las diferencias salariales reclamadas, sostiene que debió tenerse por acreditada la fecha de ingreso invocada con fundamento en la presunción establecida en el art. 55 de la L.C.T., cuestiona el rechazo de las indemnizaciones derivadas del despido y de las sanciones establecidas en los arts. 1 y 2 de la ley 25323 y en los arts. 9 y 15 de la 24013, la base de cálculo utilizada para liquidar los rubros de condena y la distribución de costas.

    Con relación a la primera de dichas cuestiones, el actor sostuvo en el inicio que se Fecha de firma: 14/09/2016 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #20282233#162033107#20160914102126545 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX desempeñó para el demandado a partir del 01/09/11, realizando tareas de ayudante de cocina, de lunes a viernes de 7.30 a 17.30 Hs y los sábados de 9.00 a 14.00 Hs. Argumentó que, no obstante la fecha de ingreso y el horario de trabajo referidos, fue registrado recién el 12/12/11 como trabajador de jornada reducida. Por el contrario, al contestar la demanda el accionado sostuvo que el actor comenzó a trabajar en la fecha en que fue registrado y que se desempeñaba de lunes a viernes de 7.30 a 12.30 o de 11.30 a 16.30 Hs., conforme la rotación admitida en el CCT 389/04 aplicable.

    El magistrado, después de analizar los testimonios brindados en autos, concluyó que los mismos no resultan idóneos a fin de acreditar que el actor haya ingresado a trabajar con anterioridad a la fecha de ingreso registrada ni que se haya desempeñado en horario denunciado en el inicio.

    Adelanto que, de prosperar mi voto, la queja relativa a la jornada laboral desempeñada por el accionante ha de tener favorable recepción.

    Entiendo que –como sostuvo el recurrente-, dado que el desempeño de una jornada a tiempo parcial se trata de una excepcionalidad, incumbía al demandado la carga de acreditarla, es decir probar que su contrato de trabajo del accionante se ajustaba a las previsiones contenidas en el artículo 92 ter de la L.C.T. (ver B., V.B. c/KanuteoS.R.L.

    y otros s/Despido, S.D. Nº 17.533 del 22/12/11, del registro de esta S., entre otros).

    Sin embargo, lo cierto es que ninguno de los testigos ofrecidos por la demandada dio cuenta del horario de trabajo del actor. En efecto, sobre este punto, el testigo E. (fs. 119) manifestó que veía al actor cuando iba a almorzar al mediodía, sin dar precisiones sobre su horario de trabajo, y respecto del horario del bar manifestó que cuando el deponente se iba de su trabajo a las 18.00 Hs. el bar ya estaba cerrado. P. (fs. 120) dijo que solía ir al bar a las Fecha de firma: 14/09/2016 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #20282233#162033107#20160914102126545 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX 15.00 Hs., que los días que vio al actor lo vio en ese horario y que no lo veía siempre, sino que lo vio únicamente la mitad de las veces que fue. Que “ … el bar tenía un horario que abría a la mañana y hacía medio turno hasta las cuatro de la tarde …”. Que abrían de lunes a viernes de 8.00 a 16.00 Hs. y que lo sabía por haber consultado los horarios. Por su parte, Á. (fs. 140) manifestó que solía ver al actor a la mañana cuando iba a desayunar, que cuando iba a la tarde después de las 14.00 hs. a veces lo veía y a veces no. En cuanto a los horarios de apertura del local, dijo que eran de lunes a viernes, que los sábados ha pasado y lo ha visto cerrado y que los días de semana lo ha visto abierto hasta las 14.00 o 15.00 Hs. y a veces hasta las 16.00 Hs. Finalmente, P. (fs. 141) manifestó que veía al actor todos los días en distintos horarios. Ejemplificó que algunas veces lo ha visto por la mañana cuando ha pasado para reservar algún plato y en el horario de la comida, en el que el accionante le ha preparado la ensalada. Agregó, de un modo un tanto confuso, que “ … sabe que del día que ha ido a la mañana no hay registro en su cabeza de una continuidad cuando ha dio...

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