Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 21 de Septiembre de 2016, expediente FGR 002643/2013/TO01/1

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 2643/2013/TO1/1 Legajo Nº 1 - IMPUTADO: P.A., M.I. S/LEGAJO DE APELACION DEL MONTO DE LA CAUCION General Roca, 21 de septiembre de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Los presentes actuados caratulados: “LEGAJO DE APELACIÓN DEL MONTO DE LA CAUCIÓN DE P.A., M.I.” (Expte. N° 2643/2013/T01), puestos a despacho para resolver, y; CONSIDERANDO:

Que a fs. 45 el señor Defensor Oficial, doctor F.O. solicitó se modifique la caución impuesta oportunamente a su asistida M.I.P.A., por una juratoria, fundando su petición en el tiempo transcurrido desde su imposición (aproximadamente diez meses), sumado a las dificultades económicas que rodean a su defendida y a la falta de ingresos, hacen que la misma resulte de imposible cumplimiento para la nombrada, requiriendo subsidiariamente, se disminuya el monto oportunamente determinado ($50.000) por una suma acorde a las posibilidades económicas de su defendida.

Que se corrió vista a la señora F. General, doctora M.B., quien a fs. 47/vta., se expidió

por el rechazo de modificar la caución real por una juratoria, fundando su postura en la existencia de ciertos indicadores negativos por parte de la imputada P.A. que se desprenden de los informes realizados a fs.

20/21, 32/33, y expresados por la Alzada a fs. 36/38, remitiéndose a los fundamentos allí expuestos.

Asimismo la señora F. enfatizó que la nombrada se encuentra detenida en el Complejo Penitenciario de Mujeres de Ezeiza, provincia de Buenos Aires desde el día 19/9/2015 a disposición del Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 1, en el marco de las actuaciones “NN.PULGARIN ARIAS, M.I. s/Contrabando de estupefacientes”, Fecha de firma: 21/09/2016 Firmado por: A.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.M.P., SECRETARIO DE CAMARA #28548379#162468308#20160921112500277 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 2643/2013/TO1/1 Sin perjuicio de ello, la titular de la acción pública propició una disminución de la caución real impuesta por la suma de $35.000.

Llegado el momento de resolver, entendemos que no corresponde hacer lugar a la petición efectuada por la defensa de P.A., respecto de la sustitución de la caución real impuesta por el Juzgado Federal de esta sede y mantenida por la Alzada a...

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